Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090304-0218

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número D-1.154 de 2008, hoy ejecución número 182 de 2008, a instancias de don Luseni Junior Brewah Granados, contra la empresa “Speed Pools, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 12 de diciembre de 2008 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Luseni Junior Brewah Granados, contra “Speed Pools, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.000 euros, más 150 euros en concepto de intereses y 350 euros en concepto de costas calculadas provisionalmente.

b)  Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos.

c)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de los apremios pecuniarios.

e)  Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Pablo Aramendi Sánchez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Speed Pools, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 4 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.632/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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