Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090302-0173

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El alcalde-presidente, mediante decreto de Alcaldía 431/2009, de 5 de febrero, ha dictado la siguiente resolución que literalmente transcrita dice:

El acuerdo de gobierno suscrito el 20 de diciembre de 2007 entre las organizaciones políticas de Izquierda Unida y Partido Socialista Obrero Español en el municipio de Rivas-Vaciamadrid lleva a esta Alcaldía a reorganizar el Equipo de Gobierno, estableciendo mecanismos que garanticen el cumplimiento de los contenidos políticos que informen al mismo.

De otra parte, transcurrido algo menos de la mitad del mandato de la actual Corporación, se ha detectado la conveniencia de realizar ajustes en la organización municipal con vistas a reducir el gasto corriente, algo necesario en la situación de crisis económica actual y poder optimizar y coordinar adecuadamente los mecanismos para la toma de decisiones.

En consecuencia de todo ello, visto lo dispuesto en los artículos 43, 119.1.a), 120 y 121 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con los artículos 21.2 y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, visto, asimismo, que el artículo 4.1.a) de la misma Ley confiere a los Ayuntamientos de potestad de auto organización, y con el objeto de que la actuación administrativa se adecue a principios de racionalidad y eficacia, esta Alcaldía-Presidencia, resuelve:

Primero.—Cesar a:

1.  Don José Ramón Martínez Perea como delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos y como coordinador del Área de Organización, Modernización Administrativa y Seguridad.

2.  Don Marcos Sanz Salas como delegado de Política Territorial, Obras e Infraestructuras y Telecomunicaciones y como coordinador del Área de Ordenación del Territorio, Desarrollo Sostenible y Mantenimiento de la Ciudad.

3.  Doña Yolanda Martín-Alameda Benlliure como delegada de Mayores.

4.  Don Raúl Sánchez Herranz como delegado de Deportes.

5.  Doña Carmen Pérez Gil como delegada de Barrios.

Segundo.—Modificar en el decreto 4310/2007, de 21 de noviembre, las siguientes delegaciones:

1.  Se retiran las competencias en materia de Transportes y de Sociedad de la Información a doña Yaiza García Roca, que asume la competencia de Deporte, pasando a ser concejala-delegada de Seguridad Ciudadana y Deporte.

2.  Se confieren a doña Tania Sánchez Melero las competencias en materia de Cooperación, pasando a ser concejala-delegada de Cultura, Fiestas y Cooperación.

3.  Se confieren a doña María Paz Parrilla Tudela las competencias en materia de Mayores, pasando a ser concejala-delegada de Servicios Sociales y Mayores.

4.  Don Guillermo Magadán Cuesta pasa a ser concejal-delegado de Hacienda, Participación Ciudadana y Barrios, y se la confieren, por tanto, las competencias establecidas para la Concejalía de Barrios por el decreto de esta Alcaldía 1927/2008, de 30 de junio.

Quienes tendrán atribución para dirigir y gestionar los servicios correspondientes, de conformidad con las delegaciones establecidas, y que conllevará, en todo caso, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—Nombrar concejales-delegados y coordinadores de Área a:

1.  Don Marcos Sanz Salas como delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información y coordinador del Área de Organización, Modernización Administrativa y Seguridad.

2.  Don José Ramón Martínez Perea como delegado de Política Territorial, Obras e Infraestructuras y Telecomunicaciones y coordinador del Área de Ordenación del Territorio, Desarrollo Sostenible y Mantenimiento de la Ciudad.

Quienes tendrán atribución para dirigir y gestionar los servicios correspondientes, de conformidad con las delegaciones establecidas, y que conllevará, en todo caso, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Cuarto.—Crear la Concejalía de Transportes y Movilidad Urbana y nombras a don Raúl Sánchez Herranz concejal-delegado de Transportes y Movilidad Urbana, con atribución para dirigir y gestionar los servicios correspondientes, de conformidad con las delegaciones establecidas y que conllevará, en todo caso, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto.—Nombrar a don Miguel Ángel Gómez Cortines concejal de apoyo al Área de Servicios a la Ciudadanía y Solidaridad, bajo la dependencia de la sexta teniente de alcalde y coordinadora del Área.

Sexto.—Modificar la organización de las áreas ejecutivas creadas por el decreto 4310/2007, de 21 de diciembre, en el siguiente sentido:

1.  Área Económica y de Participación, que entenderá de los asuntos relativos a la Hacienda, Desarrollo Económico y Empleo, Participación Ciudadana y Barrios, bajo la coordinación de don Guillermo Magadán Cuesta, como primer teniente de alcalde.

2.  Área de Ordenación del Territorio, Desarrollo Sostenible y Mantenimiento de la Ciudad, que entenderá de los asuntos relativos a Política Territorial y Urbanismo, Obras e Infraestructura, Medio Ambiente, Mantenimiento de la Ciudad, Transportes y Movilidad Urbana, bajo la coordinación de don José Ramón Martínez Perea, como segundo teniente de alcalde.

3.  Área de Organización, Modernización Administrativa y Seguridad, que entenderá de los asuntos en materia de Recursos Humanos, Organización y Modernización Municipal, Atención a la Ciudadanía, Sociedad de la Información y Telecomunicaciones y Seguridad Ciudadana, bajo la coordinación de don Marcos Sanz Salas, como tercer teniente de alcalde.

4.  Área Socio-sanitaria y de Igualdad, que entenderá de los asuntos relativos a Salud y Consumo, Mujer y Mayores, bajo la coordinación de don Adolfo García Ortega, como cuarto teniente de alcalde.

5.  Área de Políticas Sociales, que entenderá de los asuntos relativos a Servicios Sociales, Inmigración, Integración Social, Educación, Juventud e Infancia, bajo la coordinación de don Pedro del Cura Sánchez, como quinto teniente de alcalde.

6.  Área de Servicios a la Ciudadanía y Solidaridad, que entenderá de los asuntos Cultura y Fiestas, Deportes y Cooperación, bajo la coordinación de doña Tania Sánchez Melero, como sexta teniente de alcalde.

Séptimo.—Señalar que las competencias no delegadas expresamente se mantendrán por la Alcaldía-Presidencia, incluso la residual. En particular, y en todo caso, la Alcaldía conserva todas las competencias y atribuciones en los siguientes aspectos y materias:

— El protocolo y la imagen corporativa.

— La adscripción jerárquica y funcional a la Alcaldía de todos los funcionarios de habilitación estatal, sin perjuicio de las determinaciones sobre sus funciones que estén establecidas por Ley o por la Relación de Puestos de Trabajo, así como la de todo el conjunto de Secretaría General, que incluirá la organización del personal adscrito a órganos colegiados, servicios jurídicos y al Departamento de Régimen Sancionador.

— La Jefatura Superior del personal, incluida la de la Policía Local, así como la Presidencia de la Junta Local de Seguridad.

Octavo.—Disponer que todas las propuestas, así como en los actos o resoluciones que surtiendo efectos frente a terceros sean firmadas por los concejales-delegados en virtud de las competencias ­expresamente delegadas por este decreto, se haga mención expresa del mismo, debiendo reseñar debajo del cargo, el número de este decreto y su fecha, en el siguiente sentido: “El/la concejal/a delegado/a de ......, PD 431/2009, de 5 de febrero”, por lo que en las notificaciones de aquellos se ofrecerá a los interesados el régimen de recursos que resulte procedente, toda vez que dichos actos o resoluciones ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 210.b) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Noveno.—Disponer, asimismo, que en caso de producirse eventuales conflictos de atribuciones entre las Concejalías por la aplicación de este u otros decretos, serán resueltos por esta Alcaldía-Presidencia, previo informe de las Concejalías afectadas y de la Secretaría General o los Servicios Jurídicos de la Corporación, todo ello sin perjuicio de que esta Alcaldía, en cualquier momento y sin otra justificación que la invocación de este decreto, pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquiera de las delegaciones contempladas en el mismo.

Décimo.—Notificar íntegramente esta resolución a los concejales delegados, entendiendo aceptadas las delegaciones conferidas si, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.1 del Real Decreto 2586/1986, no mostrasen disconformidad con aquellas en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la notificación.

Undécimo.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, una vez transcurrido el anterior plazo, dando cuenta del mismo a Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Rivas-Vaciamadrid, a 5 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz.

(03/5.068/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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