Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090228-0152

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 38 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 197 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Torrado Costa y don Alfonso Pereiro Regueiro, contra la empresa “Aula de Nuevas Profesiones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto, cuya parte dispositiva dice así:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Juan Carlos Torrado Costa y don Alfonso Pereiro Regueiro con la empresa “Aula de Nuevas Profesiones, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquellos las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Juan Carlos Torrado Costa.

Indemnización: 3.606,20 euros.

Salarios de tramitación: 14.120,19 euros.

Nombre del trabajador: don Alfonso Pereiro Regueiro.

Indemnización: 3.517,11 euros.

Salarios de tramitación: 13.772,28 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Inmaculada Parrado Caparrós.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aula de Nuevas Profesiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.425/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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