Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0025
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y CONSUMO “LA MALICIOSA” ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO En la Secretaría de esta Mancomunidad, y conforme dispone el artículo 21.2.a) de los Estatutos de la Mancomunidad, en relación con los artículos 47, 49, 70.2 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, se encuentra expuesta al público a efectos de reclamaciones el expediente relativo a la aprobación y modificación de diversos artículos de los Estatutos de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Consumo “La Maliciosa”, acordado por la Asamblea de Municipios de la Mancomunidad en sesión ordinaria celebrada el día 3 de febrero de 2009, cuyo tenor literal es el siguiente: — Artículo 1.2, cambiar la redacción actual, «Dicha Mancomunidad se denominará Mancomunidad de Servicios Sociales y Consumo “La Maliciosa”», por «Dicha Mancomunidad se denominará Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer “La Maliciosa”». — Artículo 2. Fines de la Mancomunidad.—Se establece y añade un nuevo fin en materia de mujer, que será el apartado 3 del artículo 2 y cuyo tenor literal es el siguiente: 3. En materia de mujer: se establecen como fines en materia de mujer los siguientes: — Promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres mediante la realización de actuaciones en las siguientes áreas: l Erradicación de la violencia de género. l Conciliación de la vida laboral y personal. l Igualdad de oportunidades. l Aplicación del Principio de “Mainstreaming”. Las funciones a desarrollar por esta Mancomunidad en materia de mujer serán: a) Atención presencial y telefónica a las mujeres residentes en los municipios, proporcionándoles información, una atención profesionalizada y un acercamiento a los servicios de mujer existentes. b) Ofrecer servicios desde el ámbito de la Mancomunidad en materia de prevención de la violencia de género y la atención a las víctimas. c) Desarrollar actuaciones en materia de conciliación de la vida laboral y personal, destinadas a toda la sociedad, en general, y de ámbitos especialmente involucrados a nivel educativo, laboral y social. d) Desarrollo de actuaciones en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, cuyo fin será la sensibilización a la población en general. e) Desarrollo de actuaciones dirigidas a la introducción de la perspectiva de género en el ámbito de la Mancomunidad. — Artículo 3, cambiar la redacción actual, “La sede de la Mancomunidad radicará en el municipio de Guadarrama, fijándose su domicilio social en calle Cervantes, número 1”, por la de “La sede de la Mancomunidad radicará en el municipio de Guadarrama, fijándose su domicilio social en la calle Recaredo Collar, número 6”. Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: 1. Plazo de exposición y reclamaciones: un mes, contado desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad. 3. Órgano ante el que se reclama: Junta de Gobierno de la Mancomunidad. En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de la Asamblea General, una vez ratificado por los respectivos Plenos de los Ayuntamientos que la integran, y el informe preceptivo de la Comunidad de Madrid quedará elevado a definitivo, previa aprobación definitiva de la Junta de la Mancomunidad. En Guadarrama, a 9 de febrero de 2009.—La presidenta de la Mancomunidad, Carmen María Pérez del Molino. (03/4.502/09) |