Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0118
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 26 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.432 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Justo González Cerezo, contra la empresa “Decoraciones Jelen, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 7 de 2009 En Madrid, a 16 de enero de 2009.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Justo González Cerezo, que comparece, y de otra, como demandada, “Decoraciones Jelen, Sociedad Limitada Unipersonal”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que apreciando de oficio la caducidad de la acción de despido en la demanda formulada por don Justo González Cerezo, frente a, y como demandada, la empresa “Decoraciones Jelen, Sociedad Limitada Unipersonal”, no debo entrar a valorar el fondo del asunto planteado al haber sido apreciada la excepción de caducidad de la acción como así la aprecio, por transcurso del plazo legal de veinte días hábiles desde que se debieron iniciar los trámites legales para impugnar el despido, sin realizar pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto planteado, con todas las consecuencias jurídicas y legales que tal apreciación conlleva. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2524, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2524, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Decoraciones Jelen, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/4.234/09) |