Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0050
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B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.3 de la Ley 11/1996, de 19 de diciembre, de Creación de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia serán nombrados y, en su caso, cesados, por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Sanidad. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de febrero de 2008, se procedió a nombrar a los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, en representación de cada una de las Consejerías de la misma, de la Administración del Estado, del Ayuntamiento de Madrid y de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Como consecuencia de la aprobación del Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establecen el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, resulta necesario modificar los nombramientos de los Vocales en representación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, para adaptarlos a la estructura administrativa actual. En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Sanidad, previa deliberación en su reunión del día 12 de febrero de 2009, ACUERDA Primero Dejar sin efecto los anteriores nombramientos de los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, en representación de cada una de las Consejerías de la misma. Segundo Nombrar como Vocales del Consejo de Administración de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, en representación de cada una de las Consejerías de la misma, a los siguientes: — Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno: Al titular de la Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid. — Consejería de Presidencia, Justicia e Interior: Al titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor. — Consejería de Economía y Hacienda: Al titular de la Dirección General de Consumo. — Consejería de Transportes e Infraestructuras: Al titular de la Secretaría General Técnica. — Consejería de Educación: Al titular de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales. — Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio: Al titular de la Dirección-Gerencia del Instituto de Realojamiento e Integración Social. — Consejería de Sanidad: Al titular de la Dirección General de Atención Primaria. — Consejería de Cultura, Deporte y Turismo: Al titular de la Secretaría General Técnica. — Consejería de Familia y Asuntos Sociales: Al titular de la Dirección-Gerencia del Instituto Madrileño del Menor y la Familia. — Consejería de Empleo y Mujer: Al titular de la Dirección General de Trabajo. — Consejería de Inmigración y Cooperación: Al titular de la Dirección de Inmigración. Acordado en Madrid, a 12 de febrero de 2009. El Consejero de Sanidad, La Presidenta, JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/5.222/09) |