Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0163

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 21 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Urbano Díaz, contra la empresa “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 4 de febrero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

a)  Despachar ejecución solicitada por doña Ana Urbano Díaz, contra “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, por un importe de 708,33 euros de principal, más 53,12 euros de intereses y 70,83 euros de costas presupuestadas provisionalmente.

b)  Acumular la presente ejecución a la número 103 de 2008, seguida en este Juzgado a instancias de doña Aiocha Aghzenay, doña Julia Acedos Matía, don Alejandro Garrido Pérez, doña Eva Gutiérrez del Pino, doña Sandra Lorena Calvo Varela, doña Marta Lucía Marín Grisales, doña Manuela Delgado Apresa, doña Bibiana García Boutureira, doña Ana Sánchez Ventura, doña María Jesús Carretero Iglesias y doña Rosa Ana María Sousa Rodríguez, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 45.456,92 euros, más 3.409,26 euros de intereses y 4.545,69 euros de costas presupuestadas provisionalmente.

c)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de diez días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma su señoría el ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.345/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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