Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-02-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0184

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE BURGOS

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro, secretaria judicial accidental del Juzgado de lo social número 2 de Burgos.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 551 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, contra la empresa “Obras y Reformas El Castor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 383 de 2008

En Burgos, a 29 de octubre de 2008.—Doña María Jesús Martín Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Burgos, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que comparece representado por el abogado del Estado, y de otra, como demandados, don Siles Rojas Sahanero, don Guido Rojas Villarroel y “Obras y Reformas El Castor, Sociedad Limitada”, que no comparecen.

Fallo

Que estimando la demanda-comunicación de oficio que ha sido presentada por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Burgos, contra la empresa “Obras y Reformas El Castor, Sociedad Anónima”, don Siles Rojas Sahanero y don Guido Rojas Villarroel, debo declarar y declaro la existencia relación laboral entre la empresa “Obras y Reformas El Castor, Sociedad Anónima”, don Siles Rojas Sahanero y don Guido Rojas Villarroel.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento e que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito” y “Banco de Vitoria” (“Banesto”), en la calle Miranda, número 3, a nombre de este Juzgado, con el número 1073/0000/65/551/08, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en dicha entidad a nombre de este Juzgado, con el número antes mencionado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Siles Rojas Sahanero y don Guido Rojas Villarroel, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Burgos, a 3 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.188/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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