Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-02-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0293

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE VITORIA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Fernando Andino Axpe, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 433 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María del Carmen Suidán Sierra, contra la empresa “Clecer UTE, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida de su demanda a doña María del Carmen Suidán Sierra, declarándose terminado el presente proceso.

Una vez firme esta resolución, archívense las actuaciones.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de lo social doña María Dolores Román de la Torre.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clecer UTE, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.658/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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