Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-02-2009

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090219-0028

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

JUZGADO NÚMERO 4
DE MADRID

EDICTO

Doña Raquel A. Paz García de Mateos, secretaria del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de los de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento ordinario bajo el número 114 de 2008, a instancias del procurador don Domingo José Collado Molinero, en nombre y representación de “Tableros y Puentes, Sociedad Anónima”, contra la orden de la Consejería de Empleo y Mujer, de 14 de mayo de 2007, número 1.125 de 2007, que inadmite por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto contra resolución de 16 de diciembre de 2003, del director general de Trabajo, y desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución de 16 de diciembre de 2003, del director general de Trabajo, sobre sanción por infracción en materia de prevención de riesgos laborales, en el que por resolución del día de la fecha se ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lo Contencioso-Administrativo, que se emplace a la empresa “Gestión de Obras y Contratos 2002, Sociedad Limitada”, por medio de edicto, a fin de que en el término de nueve días se persone, si a su derecho conveniere, con abogado, con la indicación de que si se personare después del término indicado, se le tendrá por parte para los trámites no precluidos, a tenor de lo establecido en los artículos 23 y 50 de la Ley de
Régimen Jurídico de lo Contencioso-Administrativo.

Y para que sirva de emplazamiento en forma a la empresa “Gestión de Obras y Contratos 2002, Sociedad Limitada”, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 27 de enero de 2009.—La secretaria (firmado).

(01/423/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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