Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090219-0296

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÁ DE HENARES

OFERTAS DE EMPLEO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 20 de enero de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Aprobar las bases específicas de la convocatoria para cubrir, mediante concurso-oposición libre, una plaza de técnico de Patrimonio Histórico, encuadrada en la escala de Administración Especial, sub­escala Técnica, grupo A, nivel de complemento de destino 26, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento y vinculada a la Oferta de Empleo Público 2005.

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN
DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE PATRIMONIO HISTÓRICO VINCULADA A LA OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO AÑO 2005

1.  Características de la plaza

Personal funcionario. Escala Administración Especial, subescala Técnica, grupo A. Nivel complemento destino 26.

Número de plazas: una.

Adscripción: Concejalía de Patrimonio Histórico. Dirección de Servicios de Patrimonio Histórico y Proyectos.

El número de plazas convocadas podrá incrementarse con las vacantes que se produzcan con posterioridad a la presente convocatoria y antes de la finalización del proceso selectivo.

2.  Denominación

Técnico de Patrimonio Histórico.

3.  Requisitos

Los señalados en las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 239, de 7 de octubre de 2005).

4.  Titulación

Estar en posesión del título de licenciado en Historia, Historia del Arte, Humanidades, Bellas Artes o Arquitectura.

5.  Sistema de selección

Concurso-oposición libre. El sistema selectivo propuesto, concurso-oposición, vendría motivado por la especificidad de las funciones a desempeñar, que, pese a no venir concretas para su grupo de titulación, hace necesaria la valoración de cierta experiencia profesional para garantizar adecuadamente los principios de mérito y capacidad.

6.  Instancias

Se presentarán en la forma establecida en la base 3 de las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

7.  Derechos de examen

Importe de 50 euros, que se harán efectivos mediante ingreso en el “Banco Popular”, cuenta número 0075-0273-53-0660002254, a excepción de aspirantes desempleados residentes en Alcalá de Henares e inscritos en la oficina correspondiente del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con una duración mínima de seis meses continuados.

8.  Fase de concurso

La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura a continuación. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la correspondiente convocatoria.

Méritos y valoración:

— Servicios prestados en municipios incluidos en el ámbito de aplicación del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, aunque dichos servicios se hayan prestado con anterioridad a la declaración de Gran Población, en plaza igual a la convocada, 0,50 puntos por cada seis meses, con un máximo de 3 puntos.

— Servicios prestados en municipios incluidos en el ámbito de aplicación del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, aunque dichos servicios se hayan prestado con anterioridad a la declaración de Gran Población, en puestos relacionados con temas de Patrimonio Histórico, y siempre y cuando dichos servicios se hayan prestado incluidos en los grupos de cotización 1-2 a razón de 0,50 puntos por cada año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

— Asistencia a cursos de formación, seminarios y jornadas especializadas en materia de Patrimonio Histórico, Arqueología o Cultura, de conformidad con la siguiente escala hasta un máximo de 3 puntos.

Los cursos en los que se hace constar el número de horas lectivas se valorarán:

— Hasta veinte horas: 0,25 puntos por curso.

— De veintiuna a cincuenta horas: 0,50 puntos por curso.

— De cincuenta y una a cien horas: 0,75 puntos por curso.

— Más de cien horas: 1 punto por curso.

Los cursos en los que no se hace constar su duración en horas lectivas se valorarán 0,10 puntos cada uno.

— Por cursos, conferencias, seminarios o jornadas impartidas en materia de Patrimonio Histórico, Arqueología o Cultura, a razón de 0,1 punto por cada una de ellas impartida hasta un máximo de 2 puntos.

La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación del baremo de méritos establecido en la correspondiente convocatoria.

9.  Fase de oposición

Las pruebas a superar en la fase de oposición serán las siguientes, todas y cada una de ellas de carácter eliminatorio:

— Primer ejercicio: consistirá en la presentación de una memoria cuya temática versará sobre el contenido de las funciones a desempeñar por el puesto al que se oposita en relación con los temas contenidos en los bloques 1 al 4 del anexo de esta convocatoria. Presentada por triplicado en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalá de Henares en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. La falta de presentación de la memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable supondrá su automática eliminación de este proceso selectivo.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

— Segundo ejercicio: consistirá en exponer oralmente, durante un tiempo máximo de veinte minutos, un tema de entre tres a propuesta del Tribunal, relacionado con los bloques 5 al 8 del anexo de esta convocatoria.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

La calificación definitiva de la fase de oposición será la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

10.  Calificación final del concurso-oposición

Vendrá determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, siendo necesario una puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición para proceder a la suma de ambas.

El tribunal propondrá para su nombramiento como funcionario de carrera al candidato que obtenga mayor puntuación total.

11.  Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los miembros que se indican a continuación, designados conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

La pertenencia al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El tribunal estará formado por:

— Presidente: un funcionario de carrera designado por la Corporación.

— Secretario: el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local o funcionario en quien delegue.

— Vocales con voz y voto:

l Cuatro funcionarios de carrera designados por la Corpo­ración.

l Un miembro designado por la Comunidad de Madrid.

Todos los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo previsto en las bases generales por las que han de regirse los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

ANEXO I

BLOQUE 1

Temario general

1.  La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

2.  Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento.

3.  La Corona. Funciones constitucionales. Sucesión. Regencia. Refrendo.

4.  El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5.  El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Estructura, organización. Competencias.

6.  La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

7.  El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: características generales y estructura.

8.  El municipio: concepto y elementos.

9.  La organización municipal. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día.

10.  El personal al servicio de la Administración Local: adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

11.  Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

12.  La Administración y el Derecho. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

13.  El acto administrativo: concepto, clases, elementos.

14.  El procedimiento administrativo. Concepto. Fases.

15.  La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Principios Generales. Estructura.

16.  Los recursos administrativos: principios generales.

17.  Las Haciendas Locales.

18.  Presupuesto de las entidades locales. Estructura.

BLOQUE 2

Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español

1.  Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español. Preámbulo y disposiciones generales.

2.  De la declaración de bienes de interés cultural.

3.  De los bienes inmuebles.

4.  De los bienes muebles.

5.  Sobre la protección de los bienes muebles e inmuebles.

6.  De patrimonio arqueológico.

7.  Del patrimonio etnográfico.

8.  Del patrimonio documental y bibliográfico y de los archivos, bibliotecas y museos.

9.  De las medidas de fomento.

10.  De las infracciones administrativas y sus sanciones.

BLOQUE 3

Ley 10/1998, de Patrimonio Histórico
de la Comunidad de Madrid

1.  Preámbulo y disposiciones generales.

2.  Capítulo I, “Bienes declarados de interés cultural”.

3.  Capítulo II, “De los bienes incluidos en el inventario”.

4.  Capítulo III, “Disposiciones comunes a los bienes muebles e inmuebles”.

5.  Capítulo IV, “Normas específicas de protección de los bienes inmuebles”.

6.  Capítulo V, “Normas específicas de protección de los bienes muebles”.

7.  Capítulo VI, “Normas específicas de protección del patrimonio arqueológico, paleontológico y etnológico”.

8.  Título II, “Medidas de fomento”.

9.  Título III, “Medidas para el restablecimiento de la legalidad infringida y régimen sancionador”.

10.  Disposiciones adicionales y transitorias.

Bloque 4

Patrimonio de la Humanidad, patrimonio visitable y museos

1.  La declaración de Patrimonio Mundial por la UNESCO.

2.  Los bienes de interés cultural en Alcalá de Henares.

3.  La Casa de Hippolytus.

4.  El Museo Arqueológico Regional.

5.  El museo de la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor.

6.  El Museo Casa Natal de Cervantes.

7.  El Museo del Monasterio de San Bernardo.

8.  El Museo de la Juanas.

9.  Centro de interpretación “Los Universos de Cervantes”.

10.  El Corral de Comedias.

BLOQUE 5

Alcalá de Henares. De la Prehistoria a la Edad Media

1.  Prehistoria en Alcalá.

2.  La ciudad romana de Complutum.

3.  La casa de los Grifos.

4.  La Villa del Val.

5.  El castillo de Alcalá la Vieja.

6.  Tardoantigüedad. Complutum Visigoda y los Santos Niños.

7.  Urbanismo medieval. Judería, morería, barrio cristiano.

8.  Iglesia Catedral Magistral de los Santos Justo y Pastor.

9.  La Capilla del Oidor.

10.  El Hospital de Antezana y el Hospital de Santa María la Rica.

11.  El recinto amurallado.

BLOQUE 6

Alcalá renacentista

1.  La fachada de la Universidad.

2.  La capilla universitaria de San Ildefonso.

3.  El sepulcro del Cardenal Cisneros.

4.  El paraninfo.

5.  El colegio trilingüe.

6.  El palacio arzobispal.

7.  Colegios de Teólogos de la Madre de Dios, de Santa Catalina de los Físicos y de San Pedro y San Pablo.

8.  Convento de Carmelitas de la Imagen.

9.  Convento de Santa Catalina de Siena.

10.  Convento de Santa Úrsula y Casa de los Lizana.

BLOQUE 7

Alcalá barroca

1.  Convento de Carmelitas Descalzas del Corpus Christi o de Afuera y convento de Agustinas Descalzas de Nuestra Señora de la Consolación.

2.  Convento de San Juan de la Penitencia (San Nicolás Tolentino) y convento de Nuestra señora de la Esperanza o de Santa Clara.

3.  Colegio e iglesia de la Compañía de Jesús.

4.  El Patio mayor de Escuelas o Santo Tomás de Villanueva.

5.  Colegio del Rey, colegio de Málaga, colegio de los Caracciolos.

6.  Colegio de Mínimos de Nuestra Señora de la Victoria y colegio de Carmelitas Calzados.

7.  Colegio Menor de Clérigos Ministros de los Enfermos de San Carlos Borromeo o de Agonizantes y colegio de San Basilio Magno.

8.  Oratorio de San Felipe Neri y la ermita de Santa Lucía.

9.  Ermita universitaria del Cristo de los Doctrinos.

10.  Templo y convento de religiosas cistercienses de San Bernardo.

11.  Colegio de San Patricio o de los Irlandeses y colegio de los Trinitarios Descalzos.

BLOQUE 8

Alcalá contemporánea y patrimonio fuera del casco histórico

1.  La Ermita del Val.

2.  Ermita de San Isidro Labrador.

3.  El palacio de Laredo.

4.  El Círculo de Contribuyentes, Centro de Comunidades y el Quiosco de la Música.

5.  El Museo de Escultura al Aire Libre.

6.  Esculturas contemporáneas I: Cervantes, El Empecinado, Carrillo, Azaña.

7.  Esculturas contemporáneas II: El Aguador, Isabel la Católica, Catalina de Aragón.

8.  El Seminario Diocesano y el colegio de las Adoratrices.

9.  Patrimonio industrial. Chimeneas, horno de la cerámica CERMAG y factoría Gal.

10.  La iglesia de San Juan de Ávila. El Camino de los Estudiantes y torre de la Planta de Química Fina. Campus universitario.

Alcalá de Henares, a 23 de enero de 2009.—El alcalde-presidente, Bartolomé González Jiménez.

(02/1.161/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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