Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090219-0130

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 312 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Noureddine Hmich, contra la empresa “RC Moray & Na Morau Deco Reforma, Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 29 de septiembre de 2008, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 368

En Madrid, a 29 de septiembre de 2008.—Doña Ana María Ruiz-Burgos Moreno, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña Noureddine Hmich, y de otra, como demandada, “RC Morau & NA Morau Deco-Reforma, Comunidad de Bienes”, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Noureddine Hmich, contra la empresa “RC Morau & NA Morau Deco-Reforma, Comunidad de Bienes”, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.882,96 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en
legal forma a “RC Morau & Na Morau Deco Reforma, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.128/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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