Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-02-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090218-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE CÁDIZ

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Cádiz.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 493 de 2008, sobre despidos/ceses en general, a instancias de doña Mercedes Fernández Fopiani, contra “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, en el que se ha dictado sentencia de fecha 4 de diciembre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimar la demanda deducida por doña Mercedes Fernández Fopiani, contra “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, en el sentido de declarar extinguido el contrato de trabajo existente entre partes con fecha 15 de mayo de 2008, condenando a la empresa demandada a abonar a la actora los salarios adeudados desde el día 25 de marzo de 2008, más indemnización extintiva liberatoria equivalente a cuarenta y cinco días de salario por año de servicio sobre los extremos necesarios consignados (antigüedad 2 de octubre de 2007 y salario global día 36,16 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de suplicación, que deberá anunciarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, bastando para ello la mera manifestación, pudiéndose efectuar también por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada, cuyo domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Cádiz, a 21 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.384/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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