Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090218-0261

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.267 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Saturio Carrasco, contra la empresa “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 15 de enero de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Saturio Carrasco, contra “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y a su tenor y, previa declaración de la nulidad de la extinción practicada, debo condenar a esta a que tenga por resuelto el contrato de trabajo en la fecha del día de hoy e indemnice al trabajador en las siguientes sumas: 30.741 euros por el concepto de indemnización rescisoria, 12.193,93 euros por el concepto de salarios de tramitación (ciento diecinueve días) y 1.537,05 euros por el concepto de indemnización por preaviso no dado (quince días).

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras) en la Oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta 2807/0000/65, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.

Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Giroexpress, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.992/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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