Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-02-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090216-0094

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE ALCORCÓN

EDICTO

Don Agustín Prieto Morera, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 293 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 18 de septiembre de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña Marta Puchol Aiguabella, magistrada-juez sustituta del Juzgado de instrucción número 4 de Alcorcón, en juicio oral y público, los autos de juicio inmediato de faltas número 293 de 2008, seguidos por la presunta comisión de una falta de hurto, en los que aparecen: como denunciante, don Juan Alberto Puga Albornoz, y como denunciadas, doña Amina Lembarki y doña Iman Faras Gaziel, siendo parte el ministerio fiscal, ejerciendo la acción pública.

Fallo

Que debo condenar a doña Amina Lembarki y a doña Iman Faras Gaziel, como autoras cada una de ellas de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 6 euros de cuota diaria (180 euros), cada una de ellas, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al abono de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Iman Faras Gaziel, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 22 de enero de 2009.—El secretario (firmado).

(03/2.923/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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