Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090214-0159

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 131 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Santiago Burgos y doña Eusebia Mateo Jiménez, contra la empresa “Dermatus Europe, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 15 de enero de 2009.

Parte dispositiva:

Doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Dispongo: Se declara extinguida la relación laboral mantenida entre las demandantes doña Montserrat Santiago Burgos y doña Eusebia Mateo Jiménez y la empresa “Dermatus Europe, Sociedad Limitada”, debiendo abonar esta a las actoras las siguientes cantidades:

A doña Montserrat Santiago Burgos:

Indemnización: 6.075 euros.

Salarios de tramitación: 15.615 euros.

A doña Eusebia Mateo Jiménez:

Indemnización: 7.506 euros.

Salarios de tramitación: 18.738 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la magistrada-juez sustituta doña María Soledad Fernández del Mazo.—Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la ejecutada “Dermatus Europe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.661/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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