Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0106

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.317 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Caligaris Jorge y doña Míriam Sánchez García, contra la empresa “Instalaciones Construaire, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 19 de 2009

En Madrid, a 15 de enero de 2009.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandantes, doña Natalia Caligaris Jorge y doña Míriam Sánchez García, que comparecen asistidas por el letrado don Juan de la Lama Pérez, y de otra, como demandados, “Instalaciones Construaire, Sociedad Limitada”, que comparece asistida del letrado don Román Rori Tolosa, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Natalia Caligaris Jorge y doña Míriam Sánchez García, frente a la empresa “Instalaciones Construaire, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.o  Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 31 de agosto de 2008.

2.o  Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 15 de enero de 2009.

3.o  Condenar a la empresa “Instalaciones Construaire, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como que abone a las actoras las cantidades que, respectivamente, se indican en concepto de indemnización y salarios de tramitación:

A doña Natalia Caligaris Jorge: 3.140,96 euros y 6.749,99 euros.

Doña Míriam Sánchez García: 1.478,10 euros y 6.749,99 euros.

4.o  Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Construaire, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.685/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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