Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090206-0113

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 799 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Ángel Sánchez Sánchez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Transmoymar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 4 de 2009

En Madrid, a 12 de enero de 2009.—Visto por doña Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido ante este Juzgado con el número 799 de 2008, a instancias de don Pedro Ángel Sánchez Sánchez, asistido del letrado señor don Carlos Iglesias Arauzo, frente a la empresa “Transmoymar, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Pedro Ángel Sánchez Sánchez, contra la empresa “Transmoymar, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la sum de 1.451,42 euros, más el recargo del 10 por 100 por mora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe, celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transmoymar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.503/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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