Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0163

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 838 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel García Asensio, contra las empresas “Promociones y Viviendas de Alcorcón”, “Promociones de Viviendas y Locales de Madrid, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Promociones Provialcor, Sociedad Limitada”, don Raúl Hernández Martínez y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando en lo justo la demanda interpuesta por don Manuel García Asensio, contra las empresas “Promociones de Viviendas de Alcorcón, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Promociones Provialcor, Sociedad Limitada”, y don Raúl Hernández Martínez, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 23 de julio de 2008, condenando a la empresa “Promociones de Viviendas de Alcorcón, Sociedad Limitada”, a readmitir al mismo en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antes de producirse el despido, a no ser que en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de esta sentencia y sin necesidad de esperar a la firmeza de la misma, opte ante este Juzgado por el abono de una indemnización en cuantía de 14.510,71 euros, condenándole asimismo, cualquiera que sea el sentido de su opción, al abono de lo salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia y que al día de hoy han de quedar fijados en la cantidad de 5.260,69 euros.

Todo lo anterior con absolución de los codemandados “Construcciones y Promociones Provialcor, Sociedad Limitada”, don Raúl Hernández Martínez y “Promociones de Viviendas y Locales de Madrid, Sociedad Limitada”, de las pretensiones formuladas contra ellos, y sin que proceda hacer expresa condena en costas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal número 1096 del paso de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado, con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado, con el número 2851, la cantidad objeto de la condena o formalizar aval bancario pro dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Promociones y Viviendas de Alcorcón”, “Promociones de Viviendas y Locales de Madrid, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Promociones Provialcor, Sociedad Limitada”, y don Raúl Hernández Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 13 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.954/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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