Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0179

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.169 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Herminio Gutiérrez Prieto, contra don Manuel María Díez Fernández y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de fecha 14 de enero de 2009:

Diligencia.—En Madrid, a 14 de enero de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que vistas las presentes actuaciones por su señoría ilustrísima dicto la siguiente resolución.

Auto

En Madrid, a 14 de enero de 2009.—Vistos por mí, don Juan Alonso Boggiero, ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social número 13 de Madrid, el anterior escrito solicitando aclaración de sentencia, dictó la siguiente resolución:

Aclarar la sentencia dictada en las presentes actuaciones y en su virtud el fallo de la misma queda del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por don Herminio Gutiérrez Prieto, frente a don Manuel María Díez Fernández y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.o  Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 31 de julio de 2008.

2.o  Declarar extinguida la relación laboral con efectos de 12 de diciembre de 2008.

3.o  Condenar a don Manuel María Díez Fernández a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a don Herminio Gutiérrez Prieto la cantidad de 24.264 euros en concepto de indemnización y la de 5.418,96 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido, el 31 de julio de 2008, hasta la de la extinción de la relación laboral, el 12 de diciembre de 2008.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno distinto del que cabe contra la sentencia.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Manuel María Díez Fernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.094/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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