Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090203-0202

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 20 de enero de 2009 aprobó provisionalmente la imposición de las siguientes tasas junto con sus ordenanzas fiscales reguladoras:

— Tasa por la utilización de las dependencias e instalaciones municipales para la celebración de matrimonios.

— Tasa por prestación del servicio de tele-asistencia domiciliaria.

— Tasa por prestación de servicios sanitarios.

— Tasa por el servicio de publicidad desde medios de difusión de titularidad municipal.

— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de terrenos de uso público con mercancías, material de construcción, escombros y otros análogos en contenedores, el vuelo de las grúas plumas sobre vías públicas y ocupación o cierre total o parcial de vías públicas con vallas, andamios y otras estructuras (incluido el vuelo), o cualquier otra ocupación privativa o aprovechamiento especial de la vía pública que requiera licencia o autorización.

De conformidad con el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública dicho acuerdo, así como las ordenanzas fiscales por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al objeto de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Paracuellos de Jarama, a 23 de enero de 2009.—El alcalde (firmado).

(03/2.217/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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