Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090203-0107
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TRES CANTOS RÉGIMEN ECONÓMICO Conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2, en relación con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación del expediente de modificación de créditos número 1/2009, consistente en crédito extraordinario dentro del presupuesto del Ayuntamiento, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de enero de 2009, y de manera definitiva si no se producían reclamaciones en el plazo de exposición pública. Transcurrido el plazo de quince días hábiles establecido en el artículo 169 del citado texto legal sin que se hayan presentado reclamaciones a la modificación de crédito, el acuerdo queda aprobado definitivamente, quedando el resumen por capítulos del estado de gastos e ingresos como se indica a continuación: Según lo establecido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2009, consistente en crédito extraordinario dentro del presupuesto del Ayuntamiento del ejercicio económico de 2009, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Tres Cantos, a 29 de enero de 2009.—El alcalde-presidente, José Folgado Blanco. (01/276/09) |

