Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090203-0037

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARACUELLOS DE JARAMA

OTROS ANUNCIOS

Habiéndose intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 4 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, lo siguiente:

En uso de las facultades conferidas a esta Alcaldía por la normativa vigente, resuelvo: proceder a dar de baja por caducidad en el padrón municipal de habitantes a las personas que a continuación se relacionan, dando por finalizados los expedientes tramitados al efecto al no haber procedido a la renovación de la inscripción padronal, a tenor de lo establecido en la modificación del artículo 16 de la Ley 7/1985.

Ossama Fathi Abdel Motteleb.

Mohamed Bari.

Lilia Bistrova.

Kristina Lilia Weber.

Chama Asbou.

Edwin Romero Caicedo.

Jacqueline Romero Ancasi.

Teodora Andasi Flores de Romero.

Lo que se comunica a los efectos oportunos, significando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de la presente o, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que deba entenderse presuntamente desestimado, o la publicación de la presente.

Paracuellos de Jarama, a 15 de enero de 2009.—El alcalde (firmado).

(02/608/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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