Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090203-0212
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE BURGOS EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN Doña Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de los de Burgos. Hago saber: Que en autos número 988 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Cristina Sierra Picón, contra la empresa “Gestión y Control de Imagen, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente Providencia Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Jesús Martín Álvarez.—En Burgos, a 12 de diciembre de 2008. Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio y, en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en Burgos, avenida Reyes Católicos, el día 5 de febrero de 2009, a las once y veinte horas de su mañana. Dese traslado de copia de la demanda y demás documentos a la demandada. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada. Se advierte que si la demandante, citada en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda, y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Al otrosí digo: la parte demandante comparecerá al acto de juicio asistida de letrado, lo que se comunica a la demandada a los efectos oportunos. Al segundo otrosí digo: se cita expresamente a los legales representantes de la empresa demandada para el interrogatorio solicitado de contrario, advirtiéndose de que, de no comparecer injustificadamente, podrán considerarse reconocidos los hechos en que dicha parte hubiese intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial, además de la sanción prevista en el artículo 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No ha lugar a requerir a la empresa demandada la documental solicitada en demanda: libro de esta matrícula, por no ser obligatoria su llevanza por la empresa; nóminas del actor y contratos por tener acceso a ello la parte solicitante. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de citación en legal forma a la empresa demandada “Gestión y Control de Imagen, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Burgos, a 26 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.080/09) |

