Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.60.20: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090203-0007
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B) Autoridades y Personal Consejería de Transportes e Infraestructuras
El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid contempla, en su artículo 9, el concepto de Puesto Funcional y en el Anexo VI del mismo texto se determinarán los correspondientes al Consorcio Regional de Transportes. Ante la necesidad de proveer el puesto funcional de Técnico Principal Adjunto de Aplicaciones Informáticas II, se procede a la convocatoria pública. En consecuencia, esta Gerencia, previo informe favorable de la Dirección General de Función Pública, HA DISPUESTO Primero Aprobar las bases de convocatoria para proveer, en régimen de turno libre, el siguiente puesto: — Técnico Principal Adjunto de Estudios y Redes de Transporte (número 24900). Segundo Convocar pruebas selectivas para cubrir el mencionado puesto, que se encuentra afecto al Convenio Colectivo para Personal Laboral de la Comunidad de Madrid y está clasificado como de selección objetiva, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primero Objeto de la convocatoria 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en régimen de turno libre, del puesto funcional indicado en el Anexo I, con las circunstancias indicadas en el mismo. 1.2. Toda vez que se trata de un puesto funcional, su régimen de desempeño se acomodará a lo previsto en los artículos 18 y 39 del Convenio Colectivo vigente. En consecuencia, quien acceda al puesto convocado percibirá, en concepto de complemento funcional, la diferencia existente entre la cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a la de la categoría de adscripción al mismo, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, por lo que no tendrá carácter consolidable, siendo la duración inicial del nombramiento de cuatro años, prorrogables por período de igual duración, en los términos indicados en el apartado 3.2 del citado artículo 18, pasando por tanto, en caso de remoción a desempeñar las funciones que correspondan a la categoría profesional de adscripción a la que acceda. 1.3. El puesto, de naturaleza laboral, se encuentra dotado presupuestariamente y afecto al Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid. 1.4. El aspirante que, en virtud de la presente convocatoria, sea seleccionado para el desempeño del puesto adquirirá la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid, con la categoría profesional que se señala en el apartado siguiente. 1.5. Se establece como categoría profesional de adscripción la siguiente: Titulado Superior, Área Actividad A, Grupo Profesional I, Nivel 9. 1.6. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, modificado por el Decreto 77/2003, de 5 de junio, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid, el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid y las bases de esta convocatoria. 1.7. A efectos de su provisión, el puesto está clasificado como de selección objetiva. Segunda Requisitos de los aspirantes 2.1. Poseer nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado, a efectos laborales, atribuyan iguales derechos. 2.2. Tener cumplidos dieciséis años de edad el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 2.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. 2.5. Poseer los requisitos mínimos que se señalan en el Anexo I a estas bases de convocatoria, tanto para ostentar la categoría profesional de adscripción a la que se acceda como para poder desempeñar el puesto funcional al que se aspira. Tercera Perfiles profesionales y funciones Se pretende la selección de personal adecuado a los siguiente perfiles profesionales: — Técnico Principal Adjunto de Estudios y Redes de Transporte (número 24900). Dependiendo del Jefe del Área realizará las siguientes funciones: — Definir y actualizar las redes codificadas en soporte informático. — Realizar estudios de transporte. — Gestionar y actualizar las bases de datos influyentes en la planificación del transporte. Cuarta Instancias y presentación de documentos y admisión de aspirantes 4.1. Las instancias solicitando tomar parte en las presentes pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo III, y serán facilitadas en la sede del organismo convocante. 4.2. La presentación de instancias podrá efectuarse en el Registro General del Consorcio Regional de Transportes (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, de Madrid), o en alguna de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 4.3. Junto con la instancia se presentará copia compulsada de los documentos que acrediten estar en posesión de los requisitos mínimos, en los términos que se señalan en el Anexo I a estas bases de convocatoria. Los aspirantes que superen la fase de oposición acreditarán la posesión de los méritos valorables, en los términos señalados en los Anexos II y IV, y referidos a la fecha de fin de presentación de instancias, en el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de los resultados de aquella fase. Cuando como requisito mínimo o mérito valorable se alegue cualquier tipo de experiencia profesional, la documentación acreditativa a presentar consistirá en copia compulsada del contrato de trabajo y certificación de la actividad profesional llevada a cabo. Asimismo, salvo que la actividad se haya desarrollado en centro de trabajo sujeto al ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el Personal de la Comunidad de Madrid, se deberá aportar certificación de cotizaciones a la Seguridad Social en la que expresamente consten los períodos trabajados y el grupo de tarifa. 4.4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior podrá acreditarse que se poseen los requisitos mínimos o los méritos alegados mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. 4.5. Quienes dentro del plazo fijado para la presentación de instancias o, en su caso, del plazo de diez días hábiles señalado para la subsanación de defectos no presentasen documentación acreditativa de poseer los requisitos mínimos exigidos en el Anexo I serán excluidos definitivamente del proceso selectivo. 4.6. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y del artículo 6 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. 4.7. Para ser admitido a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen conforme al Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, que se fijan para esta convocatoria en 32,90 euros, a ingresar en cualquier oficina de “Caja Madrid”, en la cuenta corriente número 6000027959, sucursal 0626 de “Caja Madrid”, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. En ningún caso, la presentación y pago en “Caja Madrid” de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, según se establece en la base 4.2. El pago de la tasa se acreditará adjuntando el original del resguardo de ingreso, junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo. 4.8. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: — Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses. — Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar, dentro del plazo establecido en la base cuarta de esta convocatoria, de diez días hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Certificado de la demanda de alta expedido por los servicios públicos de empleo, con referencia a la fecha de publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. — Las personas con discapacidad: Certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir certificaciones, en el que se indique el grado de discapacidad. — Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo del tal condición, expedido por la Subdirección General de Atención al Ciudadano y de Asistencia a Víctimas del Terrorismo del Ministerio de Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. 4.9. Devolución de tasas por derechos de examen.—De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. Quinta Tribunal de Selección 5.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será el que se designe en la Resolución de la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes por la que se haga pública la lista provisional de admitidos y excluidos a la convocatoria, quedando incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. 5.2. La composición del Tribunal será la determinada por el artículo 17 del vigente Convenio Colectivo para personal laboral de la Comunidad de Madrid y su designación se realizará mediante el procedimiento establecido en el mismo artículo. Se designará, asimismo, un suplente para cada uno de los miembros del Tribunal. Todos los miembros del Tribunal actuarán con voz y voto. 5.3. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el título II, capítulo 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que le sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, del Consejero de Hacienda. 5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas análogas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. 5.5. En la sesión de constitución el Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 5.7. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes publicará la Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 5.8. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le sustituyan, y la de dos vocales, sean titulares y suplentes. 5.9. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, careciendo de voto. Asimismo, podrán valerse de la actividad personal auxiliar durante el desarrollo material de los ejercicios. La concurrencia de miembros titulares y suplentes únicamente podrá producirse en la sesión de constitución del Tribunal, y en la de celebración de ejercicios. Cuando por el volumen de opositores, la complejidad de los ejercicios o cualquier otra circunstancia, el Tribunal estime necesario la actuación de titulares y suplentes en sesiones distintas a las especificadas anteriormente, podrá acordar dicha actuación concurrente, previa autorización del Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes. 5.10. El Tribunal queda autorizado a resolver cuantas dudan puedan plantearse y adoptar los acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases, el Convenio Colectivo y demás normativa aplicable. 5.11. Las comunicaciones sobre incidencias relativas a las actuaciones del Tribunal podrán dirigirse a la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes. Sexta Sistema de selección 6.1. El sistema de selección será el de concurso-oposición. 6.2. Fase de oposición para acceder a la categoría profesional de adscripción.—El contenido de los programas temario será el que se incluye en el Anexo V a la presente convocatoria. Los programas serán facilitados por el organismo convocante. La oposición constará de dos ejercicios, ambos con carácter eliminatorio. Primer ejercicio.—Realización de un test de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido del programa, de las cuales, las diez primeras versarán sobre el temario común y, el resto, sobre el específico. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de cien minutos. Cada respuesta errónea será penalizada con 0,20 puntos. Segundo ejercicio.—Resolución de dos supuestos prácticos, durante un período máximo de cuatro horas, propuestos por el Tribunal. Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y aporten para la ocasión. El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para cada supuesto. 6.3. En esta fase, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior a la plaza convocada y que tendrá carácter eliminatorio, el Tribunal constatará que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a partir de los méritos señalados en el Anexo II a estas bases de convocatoria, alcanzan, como mínimo, la suma de 3 puntos entre, al menos, dos subapartados de los comprendidos en “Otras experiencias” y/o “Formación”, sin que pueda valorarse en esta fase los requisitos exigidos en el Anexo I para poder participar en la convocatoria (titulación, experiencia). Séptima Calificación de las fases del proceso selectivo y calificación final 7.1. Calificación de los ejercicios de la fase de oposición: 7.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo. 7.1.2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo. Para superar la fase de oposición será necesario haber aprobado los dos ejercicios de que consta aquella. 7.1.3. En el caso de que la fase de oposición conste de dos ejercicios, la puntuación total de esta, para aquellos aspirantes que la hayan superado, se hallará efectuando la media ponderada de las calificaciones obtenidas en el ejercicio teórico y en el práctico, correspondiendo el 40 por 100 al primero y el 60 por 100 al segundo. Cuando dicha fase de oposición conste de un único ejercicio, la puntuación total de aquella será la obtenida en este. En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase oposición. 7.1.4. Una vez determinada la calificación obtenida por cada aspirante en la fase de concurso, se calculará la puntuación final del proceso selectivo, que vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, correspondiendo a aquella el 70 por 100 y a esta el 30 por 100 del total. 7.1.5. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo los siguientes criterios: — Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. — Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición. De persistir el empate, este se dirimirá, atendiendo al orden alfabético, conforme a la letra que resulte del sorteo público que específicamente se celebre por el Tribunal a estos efectos en cada proceso selectivo. 7.1.6. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo exigido para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados. 7.1.7. La valoración de las pruebas se efectuará de forma colegiada por los miembros del Tribunal. 7.1.8. El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Octava Aspirantes seleccionados 8.1. Concluidas las pruebas correspondientes del proceso selectivo, el Tribunal hará pública en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como en la sede del Consorcio Regional de Transportes, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, la Dirección General de la Función Pública y demás lugares que estime oportuno el nombre del aspirante seleccionado, con indicación del número de documento nacional de identidad y de las calificaciones obtenidas para el acceso a la categoría profesional de adscripción, diferenciando las de la fase de concurso y las de la fase de oposición, distinguiendo en esta las de las pruebas teórica y práctica. Novena Adjudicación de los puestos 9.1. Obtenida la puntuación definitiva, conforme al sistema establecido en la base séptima, el Tribunal, a través de la Gerencia del Consorcio de Transportes, propondrá a la Dirección General de Función Pública el candidato único seleccionado para cada puesto. 9.2. A la vista de la propuesta definitiva del Tribunal, el Director General de Función Pública procederá a adjudicar los puestos a los candidatos seleccionados, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No obstante, con carácter previo a dicha adjudicación, los seleccionados deberán, en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hubiese publicado la lista con los seleccionados según lo indicado en la base octava, presentar: — Fotocopia del documento nacional de identidad, con el original para su compulsa. — Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 9.3. Igualmente, con carácter previo a la adjudicación de los puestos, el personal seleccionado será sometido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64.1.d) del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, a un reconocimiento médico. 9.4. El centro o unidad de destino formalizará el correspondiente contrato de trabajo, dando debido cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en cuanto a declaración de actividades en el sector público. 9.5. El régimen jurídico del desempeño de los puestos convocados se ajustará a lo dispuesto en los artículos 18 y 39 del vigente Convenio Colectivo, circunstancia esta que deberá hacerse constar en el contrato de trabajo. Décima Norma final Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Director Gerente del Consorcio Regional de Transportes en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, computados dichos plazos a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Clasificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 30 de diciembre de 2008.—El Director Gerente, José Manuel Pradillo Pombo. ANEXO V TEMARIO COMÚN 1. La Constitución española de 1978: Estructura básica. Derechos y libertades recogidos en la Constitución. Garantías de los derechos y libertades fundamentales. 2. La organización territorial del Estado. Regulación constitucional del sistema autonómico. Los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. 3. La Comunidad de Madrid: El Estatuto de Autonomía. La Asamblea Legislativa: Funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad de Madrid: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. 4. La elaboración de las Leyes en la Constitución de 1978. Tipos de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. 5. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios informadores. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo. Revisión de los actos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. 6. El Derecho del trabajo: Especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del trabajo. Especial referencia al Estatuto de los Trabajadores: Estructura y contenido básico. Los Convenios Colectivos de Trabajo: Concepto y naturaleza. Contenido de los Convenios Colectivos: Contenido obligacional y contenido normativo. 7. El contrato de trabajo: Modificación, suspensión y extinción. 8. El personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid: Contenido. Derechos, deberes y régimen de incompatibilidades. Condiciones de trabajo: Jornadas, licencias, permisos, descanso y régimen retributivo. 9. Régimen disciplinario: Infracciones y sanciones. Prescripción de infracciones y sanciones. Referencia a la Comunidad de Madrid. 10. Régimen de representación sindical: La Ley Orgánica de Libertad Sindical, organización y régimen jurídico. Referencia a la Comunidad de Madrid. TEMARIO ESPECÍFICO I. Derecho Constitucional 1. La Constitución española de 1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional. 2. Los principios constitucionales. El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución Española. La protección de los derechos fundamentales. Restricciones a las libertades públicas. Los deberes constitucionales. 3. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. Principios informadores y objetivos específicos del modelo económico en la Constitución vigente. 4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española. Principios informadores y objetivos específicos del modelo económico en la Constitución vigente. 5. La participación política. Democracia directa y democracia representativa en la Constitución española. 6. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral. Régimen jurídico de partidos políticos y sindicatos. 7. La Monarquía parlamentaria. La Corona: Significado y atribuciones. El refrendo. 8. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes. 9. El gobierno, funciones y potestades en el sistema constitucional español. Formación, composición y responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente. 10. La función parlamentaria de control del Gobierno. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Defensor del Pueblo: Competencias y formas de actuación. 11. El Tribunal de Cuentas: Composición, funcionamiento y competencias. Función fiscalizadora y función jurisdiccional. El Consejo de Estado: Naturaleza, organización y competencias. 12. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. 13. El Tribunal Constitucional. Composición, organización y atribuciones. La Justicia Constitucional. Recurso de inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. 14. Conflictos constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. 15. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración Central del Estado: Órganos superiores de la Administración General. La organización periférica de la Administración del Estado. 16. Naturaleza y construcción del estado autonómico: Antecedentes históricos. Los principios constitucionales. Unidad y autonomía, solidaridad, igualdad entre Comunidades Autónomas, igualdad de derechos y obligaciones de los ciudadanos y unidad de mercado. 17. El acceso a la autonomía y los procedimientos de elaboración y aprobación de los Estatutos. El sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas. La interpretación del Tribunal Constitucional. 18. El modelo de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las competencias de las Comunidades Autónomas. La interpretación del Tribunal Constitucional. 19. La Administración Local: Regulación constitucional. Entidades que la integran. Competencias del municipio de la provincia. Normativa reguladora. 20. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía: Estructura. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. 21. La Comunidad de Madrid (II): La Asamblea Legislativa. Composición, funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid. 22. La Comunidad de Madrid (III): La Administración Autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: Tipología y regulación. II. Derecho Comunitario Europeo 1. La Constitución y la acción exterior del Estado. La Unión Europea: Evolución y objetivos de naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos. 2. Las fuentes de Derecho Comunitario Europeo. Derecho derivado: Reglamento, Directivas y Decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 3. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario. 4. Las libertades básicas del sistema comunitario. Libre circulación de mercancías y política comercial común. Libre circulación de trabajadores y política social. 5. Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios. Libertad de circulación de capitales. Otras políticas comunes. El sistema monetario europeo. III. Estructura Económica y Social 1. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual. 2. El sector primario en la economía española y en la región de Madrid: Configuración y análisis de sus principales macromagnitudes. Problemas técnicos y sociales. Desarrollo rural en la Comunidad de Madrid. El objetivo 5.b): Su distribución territorial y políticas de actuación. El PAMAM. 3. El sector industrial en España y en la Comunidad de Madrid: Análisis de sus principales macromagnitudes. Crisis y reconversión industrial. El objetivo 2: Su distribución territorial y políticas de actuación. El sector energía. 4. El sector servicios en la economía española y en la región de Madrid. Principales macromagnitudes y distribución por ramas productivas. Especial consideración del comercio interior, transportes y comunicaciones. El turismo como sector económico. 5. La renta nacional en España y la renta regional en la Comunidad de Madrid. Evolución y distribución actual. La balanza de pagos en España. Especial consideración de la balanza comercial. 6. El gasto público en España: Evolución y distribución actual. Su financiación. El déficit público. Las relaciones económicas entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. 7. La política de desarrollo regional. El caso de Madrid: Desequilibrios fundamentales y posibilidades de desarrollo. Ayudas públicas de la Comunidad de Madrid. Régimen jurídico. Compatibilidad con el principio de libre competencia comunitaria. 8. El mercado de trabajo en España y en la Comunidad de Madrid. Población activa, ocupación y paro. Distribución territorial por sectores económicos y por edades. Salario y relaciones laborales. La concertación social. IV. Política Económica y Teoría Económica 1. Magnitudes macroeconómicas básicas. Sus relaciones en una economía abierta. 2. Magnitudes monetarias y técnicas de control. Implicación del grado de desarrollo del sistema financiero. 3. Modelo keynesiano. Equilibrios básicos. Principales consideraciones de política económica desde esta perspectiva. 4. La alternativa monetaria. Influencias del sector exterior y del déficit público. 5. La política monetaria. Influencias del sector exterior y del déficit público. 6. Política fiscal. Crisis fiscal del Estado. 7. Concepto y clases de inflación. 8. Los costes de la inflación. Políticas antiinflacionarias. Políticas de rentas. 9. El funcionamiento del mercado de trabajo. Implicaciones de política económica. 10. Teoría de ciclos. 11. La demanda agregada. Inversión y ahorro planeados. El multiplicador simple de la inversión. Inversión y ahorro planeados. El multiplicador simple de la inversión. 12. El mercado de bienes y la curva IS. Los mercados de activos y la curva LM. 13. Componentes de la demanda efectiva. La demanda de consumo (I). La renta disponible. La teoría del ciclo vital. La riqueza real. 14. Componentes de la demanda efectiva. La demanda de consumo (II). La renta permanente. La renta relativa. Implicaciones de las distintas hipótesis sobre el consumo. 15. Componentes de la demanda efectiva. La demanda de inversión (I). La inversión de capital fijo. El ajuste al “stock” deseado y el acelerador flexible. 16. Componentes de la demanda efectiva. La demanda de inversión (II). La inversión en vivienda. La inversión en existencias. 17. La demanda de dinero. Motivos de la demanda de dinero. Teorías explicativas de la demanda de dinero. 18. La oferta de dinero. Definiciones de oferta monetaria. La base monetaria y sus relaciones con la oferta monetaria. 19. El equilibrio del mercado monetario. 20. La Balanza de Pagos y el tipo de cambio. Teorías de la enumeración del tipo de cambio. 21. Equilibrio de un modelo de economía abierta con tipos de cambio fijos. 22. Equilibrios de un modelo de economía abierta con tipos de cambio flexibles. V. Hacienda Pública y Administración Financiera 1. Funciones de la Hacienda Pública: Asignación, redistribución y estabilización. Instrumentos y medios. Coordinación de dichas funciones. 2. El Sector Público: Delimitación del mismo. Actividad que realiza. Bienes públicos. Bienes preferentes. 3. El Sector Público Español en la Contabilidad Nacional. 4. El Sector Público de la Comunidad de Madrid. Ordenamiento jurídico-básico que regula su actividad. Agentes que lo integran. 5. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. 6. La Hacienda Pública en la Comunidad de Madrid. La Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid. Estructura y principios generales. 7. El presupuesto. Concepto y fines. Los principios básicos y su crisis actual. 8. Las funciones del presupuesto. Su evolución. 9. El presupuesto como instrumento de la política económica. Aspectos redistributivos. 10. El presupuesto por programas y el análisis coste-beneficio. 11. El presupuesto base cero. 12. El Presupuesto del Estado en España: Concepto, contenido y regulación jurídica. El presupuesto de acciones conjuntas España-Unión Europea. 13. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid (I). Contenido y estructura. Ciclo Presupuestario. Aspectos cuantitativos. 14. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid (II): Centros presupuestarios y organismos incluidos. Empresas públicas dependientes de la Comunidad de Madrid. 15. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid (III). Generación de ahorro público y capacidad de endeudamiento. Problemática de la consolidación presupuestaria. 16. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid (IV). Estructura de Presupuestos e Ingresos. 17. La ejecución del presupuesto: Fases contables y administrativas. 18. Créditos plurianuales. Obligaciones reconocidas procedentes de ejercicios cerrados. Anticipos de Caja y Tesorería. El anticipo de caja fijo. 19. Modificaciones presupuestarias en la Comunidad de Madrid. 20. La liquidación del presupuesto. Incorporación de saldos al ejercicio siguiente. El remanente de Tesorería. 21. El control de la actividad económico-financiera del sector público: Clases, control externo e interno. Controles de eficacia, eficiencia y de legalidad. El control financiero. 22. La función interventora en la Comunidad de Madrid. Regulación jurídica y modalidades de control. 23. El gasto público: Concepto y clases. Principios constitucionales. Los gastos de inversiones: Aspectos presupuestarios y económicos. Las subvenciones: Naturaleza y clases. 24. Los ingresos públicos. Concepto y clasificación. La ejecución del presupuesto de ingresos: Fases contables y administrativas. 25. Los tributos: Concepto, naturaleza y clases. Sistema tributario español: Ideas generales. 26. Los impuestos: Concepto y clases. Medidas de la presión fiscal. 27. El impuesto sobre la renta. Principales características. Efectos económicos. 28. El impuesto sobre el valor añadido. Principales características. Efectos económicos. 29. Las tasas: Concepto y características. Su regulación en la Comunidad de Madrid. 30. Concepto y clases de ingresos extraordinarios. La renta del patrimonio público. La inflación como impuesto. 31. El déficit público: Causa y efectos. Déficit financiero y no financiero: Significados de los mismos. 32. La Deuda Pública (I). Aspectos monetarios de la financiación del déficit. Sistema de anotaciones en cuenta. La Deuda Pública en las Haciendas Locales. 33. La armonización fiscal del Estado español y la Unión Europea: Problemática de la doble imposición. El impuesto sobre el valor añadido en las transacciones exteriores. 34. La financiación de las Comunidades Autónomas (I): Principios generales. Régimen común y régimen foral. Especialidades en razón del territorio. 35. La financiación de las Comunidades Autónomas (II): Recursos propios y tributos cedidos. El Fondo de Compensación Interterritorial en relación con el FEDER. Participación en los impuestos del Estado. 36. La financiación de las Corporaciones Locales (I). La Ley de Haciendas Locales. Estructura y principios generales. 37. La financiación de las Corporaciones Locales (II). Recursos propios. Recargos y participaciones en los tributos del Estado y en los de las Comunidades Autónomas. 38. El Plan General de Contabilidad Pública (I). Objetivos, fines y medios. Integración de la contabilidad pública en la contabilidad nacional. La Cuenta General del Estado. 39. El Plan General de Contabilidad Pública (II). Reflejo contable de las operaciones de ejecución del presupuesto y operaciones con terceros y de tesorería. 40. El Plan General de Contabilidad Pública (III). Reflejo contable de los créditos extraordinarios, suplementos de créditos y plurianuales. 41. El Plan General de Contabilidad Pública (IV). Estados financieros. 42. El Plan General de Contabilidad de la Comunidad de Madrid. La Cuenta General de la Comunidad de Madrid. VI. Economía de la empresa 1. La empresa y su marco institucional. La empresa y el mercado. La demanda 2. Teorías y principios de organización. Principales modelos. 3. La empresa pública (I): Razones que justifican su existencia. Problemática de la fijación de precios. 4. La empresa pública (II): El cuadro de financiaciones anual. El PAIF. Los contratos programa. 5. La empresa pública en la Comunidad de Madrid. Su importancia por sectores de actividad. 6. Las fuentes de financiación de la empresa. La financiación interna. La financiación externa; sus principales formas. 7. La inversión. Concepto y clases. Selección de inversiones. 8. La información contable en la empresa (I). Principios contables y normas de valoración. Las cuentas anuales: Balance, cuenta de pérdidas y ganancias de memoria. 9. La información contable en la empresa (II). Contabilidad analítica. Coste directo y coste completo. Coste estándar 10. La información económico-financiera y los estados contables. 11. Estadística: Definición y conceptos fundamentales. La estadística descriptiva. Representaciones gráficas. 12. Medidas de posición y medidas de dispersión. Números índices. 13. Series temporales. Tendencia. Variaciones cíclicas y variaciones estacionales. 14. Concepto de muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas y muestreo de poblaciones infinitas. VII. Régimen Jurídico del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid 1. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación y principios informadores. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso administrativo. 2. El personal al servicio de la Comunidad de Madrid. La Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Comunidad de Madrid. El Personal Laboral de la Comunidad de Madrid. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones. Licencias y excedencias. 3. El Derecho del Trabajo: Especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Especial referencia al Estatuto de los Trabajadores: Estructura y contenido básico. Los Convenios Colectivos: Contenido obligacional contenido normativo. El Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. 4. El contrato de trabajo: Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Condiciones de trabajo: Jornadas, descanso y régimen retributivo. Referencia a la Comunidad de Madrid. (03/2.775/09) |

