Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090202-0084

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 60
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 635 de 2007, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 214 de 2008

En Madrid, a 4 de noviembre de 2008.

La señora doña Inmaculada Vacas Hermida, magistrada-juez de primera instancia del número 60 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 635 de 2007, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, con procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza y letrado don José Luis Esteban Villar, y de otra, como demandados, doña Marcia Birchall y don Pablo Álvarez Ortiz, sobre juicio verbal, y

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda planteada por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, en nombre y representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra doña Marcia Birchall y don Pablo Álvarez Ortiz.

1.  Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, y doña María Birchall, suscrito mediante la póliza número 1748465.

2.  Condeno a la parte demandada a estar y pasar por dicha resolución.

3.  Condeno a los demandados doña Marcia Birchal y don Pablo Álvarez Ortiz a abonar a “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, a la cantidad de 476,40 euros, más el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.

4.  Establezco la obligación de los demandados doña Marcia Birchal y don Pablo Álvarez Ortiz de facilitar la entrada en el domicilio sito en la calle María Teresa (Guindalera), número 9, piso 1 D, de Madrid, donde se presta el suministro de gas, al agente judicial de servicio, junto con los empleados de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, a fin de que estos últimos procedan a la toma de la lectura del consumo efectuado hasta ese momento en la citada vivienda y lleven a cabo la desconexión y retirada del contador de gas, clausurando la instalación receptora.

Y en su defecto, si los demandados continúan oponiéndose, se libre mandamiento de entrada para que, en el día y hora que al efecto se señale, se constituya la comisión judicial en el mismo, a fin de que por personal técnico de la compañía se proceda a la toma de la lectura del consumo efectuado hasta ese momento en la citada vivienda y lleven a cabo la desconexión y retirada del contador de gas, clausurando la instalación receptora.

5.  Condeno a los demandados doña Marcia Birchall y don Pablo Álvarez Ortiz a abonar a “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, el pago de las costas del juicio.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Marcia Birchall, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 6 de noviembre de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/565/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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