Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090202-0008
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CHINCHÓN URBANISMO En relación con el expediente número 231/08, de modificación de las Normas Subsidiarias de Chinchón, referente a “Definición de parcela mínima edificable” y “Adaptación a la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid en suelo no urbanizable protegido y suelo no urbanizable común”. En sesión plenaria, de fecha 25 de septiembre de 2008, se aprobaron inicialmente las citadas modificaciones. En acuerdo del Pleno, en sesión extraordinaria del día 18 de noviembre de 2008, se acordó la suspensión de licencias por el plazo de un año en las siguientes áreas afectadas: suelo no urbanizable común protegido y las parcelas inscritas en el Registro de la Propiedad en fecha anterior a la aprobación de las Normas Subsidiarias situada en suelo urbano consolidado, siempre que reúnan la condición de solar. No obstante, se puede conceder licencia basada en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento. Lo que se somete a información pública durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Chinchón, a 21 de noviembre de 2008.—La alcaldesa, Luisa María Fernández Fernández. (02/16.047/08) |