Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090129-0077
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
La Ley Orgánica de Universidades, en su artículo 5.4, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que “los centros universitarios privados deberán estar integrados en una universidad privada, como centros propios de la misma, o adscritos a una pública o privada”. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades, la adscripción mediante convenio a una universidad privada de centros docentes privados para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, corresponde a la Comunidad Autónoma a propuesta de la Universidad a la que vaya a adscribirse. Asimismo, si los centros se encuentran en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma distinta, deberán ser autorizados por ambas Comunidades. En este sentido, la Universidad SEK, de Segovia, ha solicitado la adscripción del Centro de Estudios Instituto de Empresa para impartir diversos másteres universitarios oficiales cuya implantación tiene autorizada la Universidad por Acuerdo 48/2007, de 29 de marzo, de la Junta de Castilla y León, previa evaluación de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de la Junta de Castilla y León, todo ello sin perjuicio de la verificación de las enseñanzas que correspondan a la ANECA en virtud de la aplicación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre Creación y Reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, la adscripción de centros privados a Universidades exige el cumplimiento de los requisitos señalados en dicho Real Decreto respecto de las exigencias materiales y docentes mínimas para su autorización. En este sentido, el centro cumple con los requisitos mínimos de instalaciones e infraestructuras establecidos en el Anexo del citado Real Decreto, así como con los referidos a personal docente y de administración y servicios que se especifican en los artículos 6 a 9 de la misma norma. La propuesta ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 9 de diciembre de 2008, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid. En su virtud, de conformidad con lo previsto en la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, a propuesta de la Consejera de Educación y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de enero de 2008, ACUERDA Primero Autorizar la adscripción del Centro de Estudios Superiores Instituto de Empresa, cuya entidad titular es la sociedad “Proyecto Universitario del Instituto Empresa, Sociedad Limitada”, a la Universidad SEK de Segovia. El Centro de Estudios Superiores Instituto de Empresa se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y las normas que en su desarrollo dicte el Estado y las Comunidades Autónomas de Madrid y de Castilla y León, por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre Creación y Reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, por el convenio de adscripción celebrado entre la Universidad SEK de Segovia y la entidad titular del centro adscrito, y por sus propias normas de organización y funcionamiento, que en todo caso deberán respetar y garantizar los principios constitucionales de libertad académica, manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio. Segundo El Centro de Estudios Superiores Instituto de Empresa tendrá su sede en Madrid, en la calle María de Molina, número 13, sin perjuicio del resto de las instalaciones y servicios con que cuente el centro en la misma ciudad. Tercero Se autoriza la implantación en el curso. 2009-2010 de las siguientes enseñanzas universitarias oficiales: — Máster en Dirección de Empresas/Master in Business Administration (MBA). — Máster en Estudios de Empresa/Master in Business Studies (MBS). — Máster en Gestión/Master in Management (MIM). — Máster en Relaciones Internacionales/Master of International Relations (MIR). — Máster en Derecho de la Empresa. — Máster en Derecho de los Deportes/Master in Sport Law. — Máster en Derecho Económico Internacional / Master in Law and Economics. Cuarto La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce esta autorización estará sometida a la autorización de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad titular del centro deberá comunicar a la Consejería de Educación cualquier modificación respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga esta autorización y, en particular, las relativas a la sede, titularidad, vigencia y contenido del convenio con la Universidad SEK de Segovia, así como naturaleza y características de las enseñanzas establecidas en el apartado tercero. El incumplimiento de lo anterior podrá dar lugar a la revocación de esta autorización. Quinto La adscripción del Centro de Estudios Superiores Instituto de Empresa a la Universidad SEK de Segovia deberá contar también con la autorización de la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Universidades. Sexto Se autoriza a la Consejera de Educación para adoptar cuantas medidas sean precisas para el desarrollo del presente Acuerdo. Acordado en Madrid, a 8 de enero de 2009. La Consejera de Educación, La Presidenta, LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/1.895/09) |

