Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090129-0109
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Mediante Orden conjunta 6067/2007, de 10 de diciembre, de las Consejerías de Educación y de Transportes e Infraestructuras, se reguló la colaboración entre ambas para la utilización del Centro Integrado de Formación Profesional de Transporte y Logística “Profesor Raúl Vázquez”, contemplándose el uso del mismo por la Dirección General de Transportes y por las asociaciones de transportistas que lo demanden, a fin de dar cobertura a las necesidades formativas del Sector del Transporte en la Comunidad de Madrid. El apartado segundo de la Orden citada prevé la aprobación de un plan de explotación en el que se recojan los requerimientos de uso del centro por parte de la Dirección General de Transportes. La presenta Orden se dicta para aprobar, por las Consejerías de Economía y Transportes y la de Educación, el Plan de Explotación del Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez”. Las Órdenes conjuntas de dos Consejerías tienen su previsión legal en el artículo 50.3 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas a las Consejerías de Transportes e Infraestructuras y a la de Educación, respectivamente, por las disposiciones vigentes, DISPONEMOS Primero Aprobar el Plan de Explotación del Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez”, que se recoge en Anexo a esta Orden. Segundo Se autoriza a la Dirección General de Transportes y a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales a tomar las medidas necesarias para poner en marcha el plan de explotación recogido en esta Orden. Tercero La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 2 de enero de 2009. La Consejera de Educación, El Consejero de Transportes e Infraestructuras, LUCÍA FIGAR DE LACALLE JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ ANEXO 1. Actividades a desarrollar en el centro por la Dirección General de Transportes y las asociaciones de transportistas Por parte de la Dirección General de Transportes y de las asociaciones de transportistas se prevé llevar a cabo en el centro las siguientes actividades: a) Cursos de formación: Se realizarán cursos sobre distintas materias relacionadas con el transporte y con la gestión de una empresa de transporte, de acuerdo con las necesidades formativas del sector. Entre otros, se realizarán los siguientes: — Preparación para la obtención de la capacitación profesional como transportista de viajeros y de mercancías. — Preparación para la obtención de la cualificación como consejero de seguridad de empresas que transportan o manipulan mercancías peligrosas. — Cursos de cualificación inicial y de formación continua de conductores de autobuses y vehículos pesados de mercancías (CAP), en cumplimiento del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio. — Cursos de obtención de los permisos de conducir C y D y de la autorización BTP. — Cursos de obtención de permisos de conducir para vehículos que transportan mercancías peligrosas. b) Exámenes: Se proyecta llevar a cabo en el centro todas las pruebas de acreditación de la cualificación profesional cuya gestión corresponde a la Dirección General de Transportes. En concreto: — Capacitación profesional de transportistas de viajeros y de mercancías (dos convocatorias anuales). — Cualificación como consejero de seguridad de empresas que transportan o manipulan mercancías peligrosas (dos convocatorias anuales). — Certificado de aptitud profesional como conductor de autobuses y de vehículos pesados de mercancías (seis convocatorias anuales, al menos). c) Reuniones y jornadas: Se utilizarán también las instalaciones del centro para la celebración de diferentes tipos de reuniones: jornadas informativas, asambleas, conferencias y otros eventos similares que organice la Dirección General de Transportes o las asociaciones del sector. 2. Recursos necesarios La realización de las actividades enumeradas en el apartado anterior requiere la disposición de los siguientes recursos: a) Cursos de formación: — Tres aulas con una capacidad de 20 personas, dedicadas en exclusividad a esta actividad, para impartir los cursos de cualificación inicial de conductores (CAP). — Ocho aulas, para el resto de los cursos, que se utilizarían en horario de tarde-noche y durante los fines de semana. b) Exámenes: Para el desarrollo de los exámenes de capacitación profesional de transportistas es necesaria la utilización de aulas para al menos 750 personas, de modo que se puedan llevar a cabo en no más de dos turnos. Para el desarrollo de las pruebas de consejero de seguridad de transportes de mercancías peligrosas y las del certificado de aptitud profesional de conductores, se utilizarán las aulas necesarias, de acuerdo con la inscripción de los aspirantes en las mismas. Todos los exámenes se realizarán en horario de tarde o en sábado y exigirán contar con las aulas necesarias para su realización. c) Reuniones y jornadas: Para este grupo de actividades se pueden utilizar las mismas aulas previstas para los cursos de formación, por lo que no se necesitan instalaciones adicionales. Solo se hará uso del salón de actos en determinados eventos especialmente concurridos. (03/1.897/09) |