Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090129-0070

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paulina Rosario Peña, María Paula Jerez Rosario y Katerine Jerez Rosario, contra doña Eulalia Veiga Cabral y “Urbanismo y Construcciones Urbión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 9 de enero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 9 de enero de 2009.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 103.571, Sección ptimera, tomo 1.180, libro 1.168, folio 19; finca número 106.573, Sección primera, tomo 1.180, libro 1.168, folio 20; finca número 106.575, Sección primera, tomo 1.180, libro 1.168, folio 21, y finca número 106.577, Sección primera, tomo 1.180, libro 1.168, folio 22.

Como propiedad de “Urbanismo y Construcciones Urbión, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-81145260, para responder de la cantidad de 41.800,53 euros de principal, más 3.136,04 euros y 4.182 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de doña Paulina Rosario Peña, en nombre y representación de sus hijas menores María Paula Jerez Rosario y Katerine Jerez Rosario, contra doña Eulalia Veiga Cabral y “Urbanismo y Construcciones Urbión, Sociedad Limitada”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad número 39 de Madrid para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Segura Rodríguez.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Eulalia Veiga Cabral y “Urbanismo y Construcciones Urbión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.518/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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