Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-01-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090128-0016

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Pleno del Ayuntamiento de Madrid

Secretaría General

ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2008, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la conversión de uso residencial de vivienda unifamiliar en uso terciario de hospedaje en edificio excluisvo en la calle Pegaso, número 23, promovido por doña Amparo Castanedo Lavín, en el Distrito de Hortaleza, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 5.2.7 y 8.8.18.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, encontrándose ubicada la referida actividad en la Norma Zonal 8, grado 4.o, el cual ha sido aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 31 de mayo de 2007, sin que hayan sido presentadas alegaciones durante el trámite de información pública al que ha sido sometido, y a la vista del informe técnico favorable de fecha 19 de abril de 2007.

Segundo.—Disponer la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.”

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y del artículo 124.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, significando que ha sido remitido con fecha 10 de noviembre de 2008, un ejemplar del Plan Especial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 12 de noviembre de 2008.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/17.123/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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