Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-01-2009

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090127-0096

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Supremo

Tribunal Superior de Justicia
de Galicia

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Don Francisco Javier Gamero López-Peláez, secretario de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Certifico: Que en el recurso de suplicación número 5.184 de 2005-RMR, seguido a instancias de doña Cecilia Fernández García contra “Biolimpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y otros, sobre incapacidad temporal, recayó sentencia en fecha 17 de julio del presente año, que literalmente dice así:

Fallamos

Que, desestimando los recursos de suplicación interpuestos por doña Cecilia Fernández García y por el Instituto Nacional de Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Vigo, de fecha 15 de julio de 2005, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo social dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, y, una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo, que se archivará en este Tribunal, incorporándose al correspondiente libro de sentencias; previa devolución de los autos al Juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que sirva de notificación en forma a “Biolimpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en Gran Vía, número 72, segundo, Madrid, con la advertencia recogida en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente en A Coruña a 20 de noviembre de 2008.—El secretario (firmado).

(03/1.052/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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