Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090121-0193
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.086 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Germán Simba Lema, contra la empresa “Molidom 3F, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 19 de diciembre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por don Luis Germán Simba Lema, contra “Molidom 3F, Sociedad Limitada”, y, en su virtud, condenar a esta a que le satisfaga el total importe por los conceptos salariales y extrasalariales que se desglosan en la demanda de 1.867,40 euros, más los intereses por mora del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores sobre los conceptos salariales. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60 seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras) en la Oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta 2807/0000/65 seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Molidom 3F, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2008.—El secretario judicial (firmado). (03/1.045/09) |

