Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090121-0354
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 767 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Dahman, contra las empresas “Diseño, Rehabilitación, Construcción Human Resources, Sociedad Limitada”, y “Construcción Human Resources, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Mohamed Dahman, frente a “Diseño, Rehabilitación, Construcción Human Resources, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que le indemnice al actor con la suma de 2.282,7 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución a razón de 43,48 euros día; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese a las partes esta sentencia, haciéndoles saber que frente a la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado de lo social número 1 de Móstoles dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente, si es empresario y no goza del beneficio de justicia gratuita, consignar en la cuenta corriente número 2850, que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con el nombre de “Cuenta de depósitos y consignaciones”, la cantidad objeto de condena. También deberá acreditar, al tiempo de anunciarlo o en el momento de interponerlo o al tiempo de personarse en la Secretaría de la Sala de lo social, el haber depositado en dicha cuenta la suma de 150,25 euros. Todo ello según lo dispuesto en los artículos 188 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diseño, Rehabilitación, Construcción Human Resources, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Móstoles, a 19 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/978/09) |

