Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-01-2009

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090120-0132

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

147 Corrección de errores tipográficos producidos en la Resolución de 19 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Seguridad e Interior, por la que se disponía la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación del Estatuto del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.

Advertidos errores tipográficos en la Resolución de la Dirección General de Seguridad e Interior, por la que se disponía la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la modificación del Estatuto del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de fecha 26 de diciembre de 2008), se procede a su rectificación.

En el artículo 19.2 en su apartado a), donde dice: “... la ratificación mediante referendo, pudiendo...”; debe decir: “... la ratificación mediante referéndum, pudiendo...”.

En el artículo 19.3, donde dice: “... se realizará mediante referendo,...”; debe decir: “... se realizará mediante referéndum,...”.

En el artículo 19.3, en el segundo guión, donde dice: “... modificación de tos Estatutos”; debe decir: “... modificación de los Estatutos...”.

En el artículo 23.1, en el segundo párrafo, donde dice: “... colegiados en tos términos...”; debe decir: “... colegiados en los términos”.

En el artículo 47.2, en el apartado a), donde dice: “... publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de cualquier Administración...”; debe decir: “... publicado en el “Boletín Oficial” de cualquier Administración...”.

En el artículo 50.4, en el tercer guión, donde dice: “... Vetar por el cumplimiento...”; debe decir: “... Velar por el cumplimiento...”.

En el artículo 50.4, en el séptimo guión, donde dice: “... Escrutadores y tos Interventores...”; debe decir: “... Escrutadores y los Interventores...”.

En el artículo 68, donde dice: “... de referendo proclamará...”; debe decir: “... de Referéndum proclamará...”.

En el artículo 68, donde dice: “... junto con el acta del referendo.”; debe decir: “... junto con el Acta del Referéndum.”.

Madrid, a 9 de enero de 2009.—El Director General de Seguridad e Interior.—Jefe del Área de Documentación y Publicaciones.

(03/1.584/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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