Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0200

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Consejería de Cultura y Turismo

Notificación de resolución ejecutiva e información de pago de 19 de diciembre de 2008, referente a expediente administrativo por infracción de normativa turística.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación, en el domicilio de su destinatario, de resolución ejecutiva e información de pago de sanción, por infracción administrativa observada en relación con la normativa turística, y una vez firme en vía administrativa, por la presente se pone en conocimiento del interesado, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).

Requerido. — Último domicilio conocido. — Expediente. —
 Importe de la multa

Don Ji Sheng Ye Zhang, como titular de Shan Hai City. — Calle Orense, número 9, 28020 Madrid. — NS-104.5/08. — 600 euros.

El importe de la multa se hará efectivo por ingreso directa en la cuenta restringida número 2038 1000 97 6000809503, Comunidad de Madrid, Dirección General de Turismo, Sanciones, abierta en la oficina de “Caja Madrid”, calle Alcalá, número 1, de Madrid, haciendo referencia al número de expediente reseñado y al nombre del establecimiento, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, el pago en período voluntario podrá realizarse
hasta el día 20 del mes posterior o, si ese día no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último de mes, el pago en período voluntario podrá realizarse hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este día no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

En su caso, de no abonarse el importe de la sanción dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exacción, con los recargos que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre. El justificante o resguardo acreditativo del ingreso deberá enviarse, en el plazo de diez días siguientes al mismo, al Área de Inspección de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid (calle Príncipe de Vergara, número 132, 28002 Madrid), para su constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito imprescindible.

Madrid, a 19 de diciembre de 2008.—El Jefe de Área de Inspección, Francisco Sánchez González.

(01/76/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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