Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0044

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JUZGADOS DE LO SOCIAL

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 4.994 de 2008, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número de recurso de suplicación 4.994 de 2008 del Juzgado de lo social número 6 de Madrid, promovidos por la Comunidad de Madrid (Servicios Jurídicos), contra don Diamantino Manuel Santos Sousa, don Bruno Martinho de Jesús Cardoso, don Belmiro Miguel Pinto Soares, don José Pereira de Sousa, don Joaquín Da Mota Alves, don Yuriy Demchuk, don Anatoly Maximov, don Manuel Ribeiro, don Víctor Smolyarchuck, don Bohdam Smolyarchuk, don Anatoly Prishlyak, don Ruslan Voytsekhovsky, “Soares & Leitao Construçoes, LDA”, y “Cofer Construcciones y Alquileres, Sociedad Anónima”, sobre contratos de trabajo, con fecha 22 de diciembre de 2008 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Comunidad de Madrid, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 34 de Madrid de fecha 18 de abril de 2008, en virtud de demanda formulada por Comunidad de Madrid, contra “Soares & Leitao Construçoes, LDA”, “Cofer Construcciones y Alquileres, Sociedad Anónima”, don José Pereira de Sousa, don Anatoly Maximov, don Belmiro Miguel Pinto Soares, don Joaquim Da Mota Alves, don Diamantino Manuel Santos Sousa, don Bruno Martinho de Jesús Cardoso, don Anatoly Prishlyak, don Yuriy Demchuk, don Ruslan Voytsekhovsky, don Bohdam Smolyarchuk, don Víctor Smolyarchuck y don Manuel Ribeiro, en reclamación de procedimiento de oficio, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia, condenando a la demandada recurrente a abonar a cada una de las recurridas impugnantes la cantidad de 301 euros en concepto de honorarios de letrado.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a don Diamantino Manuel Santos Sousa, don Bruno Martnho de Jesús Cardoso, don Belmiro Miguel Pinto Soares, don José Pereira de Sousa, don Joaquin Da Mota Alves, don Yuriy Demchuk, don Anatoly Maximov, don Manuel Ribeiro, don Víctor Smolyarchuck, don Bohdam Smolyarchuk, don Anatoly Prishlyak y don Ruslan Voytsekhovsky, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 22 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado).

(03/626/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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