Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0381

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE PAMPLONA

EDICTO

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 8 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Arantzazu Lizarralde Induráin, contra la empresa “Gestión Asistencia Ribera, Sociedad Limitada” (residencia de ancianos de Cáseda), y Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz Navarra, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Se tiene por desistida a doña Arantzazu Lizarralde Induráin de su demanda contra “Gestión Asistencia Ribera, Sociedad Limitada” (residencia de ancianos de Cáseda), y Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz Navarra, sobre cantidad, origen de las presentes actuaciones, las cuales se archivarán sin más trámite, dejando nota en el libro de registro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión Asistencia Ribera, Sociedad Limitada” (residencia de ancianos de Cáseda), y Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz Navarra, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pamplona, a 12 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

(03/540/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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