Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0279

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 99 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petar Stanimirov Ivanov, contra la empresa “Reformas Copemu, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el auto de fecha 18 de julio de 2006 siguiente.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Petar Stanimirov con la empresa “Reformas Copemu, Sociedad Limitada”, condenando a la citada a abonarle la suma de 2.118,82 euros de indemnización, al igual que a los salarios de tramitación devengados desde el día siguiente al despido y hasta la fecha del presente auto, que suponen 6.968,58 euros, sin perjuicio de la responsabilidad que al Fondo de Garantía Salarial le pudiera corresponder en su día.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Andrés Benítez Benítez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformas Copemu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de septiembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/447/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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