Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-01-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090114-0095

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 28
DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en las diligencias previas número 1.073 de 2008 se ha dictado la siguiente resolución, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 11 de diciembre de 2008.

Hechos:

Único.—En el presente procedimiento abreviado, por el ministerio fiscal y/o acusación particular se han presentado escritos de acusación contra don Young Joseph Mbonu por un delito de lesiones por imprudencia previsto y penado en el artículo 152.1.1 y 2 del Código Penal y por un delito de desobediencia grave del artículo 383 del mismo texto legal, solicitando se le imponga la pena que consta en los escritos de acusación presentados.

Parte dispositiva:

1.  Se acuerda en la presente causa la apertura de juicio oral y se tiene por formulada la acusación contra don Young Joseph Mbonu por el delito de lesiones causadas por imprudencia del artículo 152.1.1 y 2 del Código Penal y por el delito de desobediencia grave del artículo 383 del mismo texto legal.

2.  Se ratifica la libertad provisional sin fianza del acusado, con la sola obligación “apud acta” de comparecer ante este Juzgado y ante el órgano judicial que en su día conozca de la causa cuantas veces fuere llamado, comprometiéndose, asimismo, a participar al Juzgado los cambios de domicilio que pueda efectuar, con el apercibimiento de que el incumplimiento de las obligaciones señaladas puede suponer la reforma de la resolución, acordándose en su lugar la prisión provisional. Se declara la responsabilidad civil directa del acusado, así como del Consorcio de Compensación de Seguros, y la subsidiaria del propietario del vehículo, don Michael Junior Okekenwa.

Requiérase al acusado, así como al Consorcio de Compensación de Seguros, para que en el plazo de un día preste fianza por la cantidad de 11.500 euros, y notifíquese la presente resolución al responsable civil subsidiario a través del edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.  Líbrese oficio al Servicio de Averiguación Patrimonial para que se averigüen los bienes del acusado, así como del responsable civil subsidiario.

4.  Se declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa al Juzgado de lo penal de Madrid.

5.  Emplácese al imputado, con entrega de copia del escrito o, en su caso, de los escritos de acusación, para que en el plazo de tres días comparezca en la causa con abogado que le defienda y procurador que le represente. Si no ejerciese su derecho a designar procurador o a solicitar uno de oficio, se le nombrará en todo caso procurador de oficio, lo que se llevará a efecto a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de esta sede.

Cumplido ese trámite, se dará traslado de las actuaciones mediante fotocopia a los designados como acusados y terceros responsables en los escritos de acusación, para que en el plazo común de diez días presenten escritos de defensa frente a las acusaciones formuladas.

Si la defensa no presentare su escrito en el plazo señalado se entenderá que se opone a las acusaciones y seguirá su curso el procedimiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que pueda incurrirse, como determina el artículo 784 de la reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Contra este auto no cabe recurso, excepto en lo relativo a la situación personal del acusado, en que cabe recurso de reforma ante este Juzgado en el plazo de tres días y/o recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma don Mariano Ascandoni Lobato, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid y su partido. Doy fe.—Siguen las firmas (rubricadas).

Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Michael Junio Okekenwa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 11 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado).

(03/180/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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