Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090114-0098
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MEJORADA DEL CAMPO RÉGIMEN ECONÓMICO Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones de las ordenanzas municipales reguladoras de los precios públicos, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias contra las mismas, se entiende definitivamente aprobadas las mismas, cuyo texto íntegro se publica a continuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la vigente Ley Reguladora de las Bases de régimen Local: ORDENANZA NÚMERO 20, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO MUNICIPAL DEL ÁREA DE OBRAS Y SERVICIOS Al haberse generalizado las peticiones privadas de limpieza de fachadas para la eliminación de pintadas y graffitis y al haberse adquirido para tal fin un equipo hidrolimpiador, se hace necesario incluir (previo informe técnico-económico de costes obrante en el expediente) las pertinentes tarifas del servicio de limpieza con el meritado equipo hidrolimpiador de alta presión: Art. 3. Cuantía.—1. La cuantía del precio público aquí establecido se determinará en función de las tarifas que a continuación se detallan: Medios del Área de Obras y Servicios (incluye conductor): — Camión grúa/camión cesta: 67,35 euros/hora o fracción. — Pala cargadora-retroexcavadora: 33,67 euros/hora o fracción. — Autobarredora: 33,67 euros/hora o fracción. — Equipo hidrolimpiador: 90 euros/hora o fracción. 2. En caso de solicitarse o precisarse algún otro medio material o personal no incluido en la tarifa general de esta ordenanza se aplicará la ordenanza reguladora del precio público por prestación del servicio de obras y reparaciones en la vía pública. ORDENANZA NÚMERO 24, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS EN LA CASA CONSISTORIAL Se modifican las tarifas, contenidas en el artículo 3, previo informe técnico económico de costes, quedando como sigue: Art. 3. Cuantía y bonificación.—La cuantía del precio público por celebración del matrimonio en la Casa Consistorial será de: 1. Días laborables: 115 euros. 2. Días festivos: 145 euros. Cuando uno o ambos de los contrayentes estén empadronados en Mejorada del Campo se le aplicará una bonificación del 25 por 100. En Mejorada del Campo, a 29 de diciembre de 2008.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero. (03/78/09) |