Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090113-0217
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C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda
En virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid, las actividades feriales que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, excepto las Ferias-Mercado de ámbito exclusivamente local, serán objeto de una comunicación previa a la Comunidad de Madrid. En el caso de Ferias-Mercado de ámbito territorial de influencia exclusivamente local, se comunicará previamente al Ayuntamiento en cuyo término municipal pretenda celebrarse. El artículo 20.1 de la citada Ley 15/1997, modificado por la Ley 1/2008, de 26 de junio, establece que las actividades feriales comunicadas se inscribirán de oficio en el Registro Oficial de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda. Por su parte, el capítulo II de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, regula el concepto y requisitos específicos de las ferias y exposiciones que tienen la calificación de Feria Oficial de la Comunidad de Madrid, con objeto de diferenciar y cualificar estos certámenes con respecto al resto, al exigirles mayores niveles de representatividad a nivel sectorial de las ofertas que se exhiben en las mismas y de responsabilidad y control de sus organizadores. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, la Consejería de Economía y Hacienda publicará con carácter anual un calendario de las ferias y exposiciones oficiales de la Comunidad de Madrid. En virtud de todo ello, y con el fin de conseguir la mayor difusión y publicidad de las actividades feriales a celebrar, en beneficio del desarrollo y promoción de la actividad de los diferentes sectores económicos de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Ordenar la publicación del calendario de actividades feriales a celebrar en el año 2009, debidamente inscritas en el Registro Oficial de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, que figura como Anexo a la presente Orden. Todo ello sin perjuicio de las incorporaciones y modificaciones que a lo largo del ejercicio se vayan produciendo en este calendario, en función de las comunicaciones de actividades feriales que tengan lugar y que se inscriban posteriormente. En Madrid, a 30 de diciembre de 2008. El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA ANEXO (03/533/09) |

