Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-01-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090113-0179

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

LICENCIAS

Pongo en su conocimiento que con esta fecha el concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura ha dictado el siguiente:

Decreto.—En Getafe, a 17 de octubre de 2008.

En uso de las facultades que me están delegadas por decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de mayo de 2008 y a la vista del informe de la Policía Local de fecha 5 de septiembre de 2008, de los informes de la Sección de Licencias de Aperturas y de la Sección de Disciplina Urbanística de fecha 15 de septiembre de 2008, en relación con la actividad del bar de copas sito en el número 9, local B, de la calle Felipe Estévez, de Getafe.

Resultando que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local se otorga licencia de instalación y actividad número 13.050 para apertura de bar, primera especial, en el paseo de Pablo Iglesias, número 2 (calle Felipe Estévez, número 9).

Resultando que con fecha 16 de mayo de 2006 la mercantil “Vidanju del Sur, Sociedad Limitada”, solicita licencia de actividad para bar de copas en la calle Felipe Estévez, número 5, local B. Dicha solicitud fue declarada caducada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de marzo de 2008.

Resultando que mediante decreto del concejal-delegado de Urbanismo de fecha 31 de enero de 2002 se comunica la constancia municipal de la licencia número 13.050 a favor de doña María Victoria Huerta Sánchez, siendo el número de licencia transmitida el 18.013.

Resultando que según el informe de la Policía Local de fecha 5 de septiembre de 2008 y el informe de la Sección de Licencias de Apertura de fecha 15 de octubre de 2008, realizada visita de inspección al local sito en la calle Felipe Estévez, número 9, local B, denominado “Ay Candela”, se comprueba que la actividad se encuentra cerrada desde hace más de seis meses.

Considerando que el local ha permanecido cerrado durante un período de tiempo superior a seis meses, por lo que se incurre en causa de declaración de caducidad de licencia según lo dispuesto en el artículo 259.9 del Plan General de Ordenación Urbana vigente.

Considerando lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 259.9 de la Normas Urbanísticas y Ordenación del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, 158 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el resto de preceptos de pertinente aplicación a este caso,

He resuelto:

Conceder a doña María Victoria Huerta Sánchez y a la mercantil “Vidanju del Sur, Sociedad Limitada”, un plazo de audiencia de quince días para que formulen las alegaciones que estimen oportunas en relación con la declaración de caducidad de las licencias números 13.050 y 18.013 de que dispone la actividad, al haber permanecido el local cerrado y sin actividad durante un período de tiempo superior a seis meses, por lo que se incurre en causa de declaración de caducidad según lo dispuesto en el artículo 259.9 de las Normas Urbanísticas y Ordenación del Plan General de Ordenación Urbana.

Lo que se les notifica para que en el plazo de quince días hábiles puedan efectuar las alegaciones que consideren oportunas, significándoles que por ser esta audiencia previa un acto de trámite, no cabe contra el mismo recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que estimen procedente.

Getafe, a 11 de diciembre de 2008.—El concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura, José Manuel Vázquez Sacristán.

(02/16.828/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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