Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090113-0106

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
 NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que el procedimiento de ejecución número 107 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Campos López, contra la empresa “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto, de fecha 17 de noviembre de 2008, cuya parte dispositiva se acompaña:

Auto

En Madrid, a 17 de noviembre de 2008.

Parte dispositiva

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Miguel Campos López, con la empresa “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad siguiente:

Nombre del trabajador: don Miguel Campos López.

Indemnización. 3.697,2 euros.

Salarios: 9.745,44 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.583/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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