Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090112-0030
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ARANJUEZ RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Aranjuez, según lo establecido en el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Aranjuez, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. En caso de conformidad y en aplicación del artículo 8 del Real Decreto 1398/1993, puede hacer efectivo el importe de la multa en la caja de la Tesorería Municipal o bien mediante giro postal dirigido al Ayuntamiento de Aranjuez o mediante transferencia bancaria a la cuenta de la entidad “Caja Castila-La Mancha”, número de cuenta 2105-0703-12-1252000036, a favor del Ayuntamiento de Aranjuez, indicando en todo caso el número de expediente. En Aranjuez, a 1 de diciembre de 2008.—La teniente de alcalde (firmado). (02/16.621/08) |