Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-01-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090112-0183

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MORALEJA DE ENMEDIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, 44.3 y 114.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, por esta Alcaldía mediante decreto número 905/2008, de 15 de diciembre, se ha procedido a:

Primero.—Revocar y dejar sin efecto el decreto de Alcaldía número 291/2008, de 11 de abril, por el que se confieren delegaciones especiales para la ejecución de los gastos de este Ayuntamiento de competencia del alcalde, en sus fases de autorización del gasto (A), compromiso del gasto (D) y reconocimiento de obligaciones (O) a favor de los señores concejales-delegados de este Ayuntamiento.

Segundo.—Delegar a favor de la concejala-delegada de Hacienda, doña María Eugenia Barba Peromingo, la autorización del gasto (Fase A), la disposición o compromiso del gasto (Fase D) y el reconocimiento de las obligaciones (Fase O) de todos los gastos cuya competencia corresponde al alcalde.

Tercero.—La delegación conferida mediante el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación de la concejala-delegada, y surtirá efectos a partir del 15 de diciembre de 2008.

Cuarto.—La presente delegación será revocable en cualquier momento y comprende el ejercicio de las competencias que han sido delegadas por la Alcaldía-Presidencia en las materias referidas.

Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que celebre.

Sexto.—Ordenar la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comunicando el mismo en extracto a las Administraciones Central y Autonómica de Madrid, así como a los concejales afectados, en tiempo y forma, a los efectos oportunos.

En Moraleja de Enmedio, a 16 de diciembre de 2008.—El alcalde, Carlos Alberto Estrada Pita.

(03/36.997/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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