Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090110-0330
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 23 DE MADRID EDICTO Don Jesús María Serrano Sáez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 866 de 2007, sobre juicio verbal (relaciones paternofiliales), promovidos por doña Yokasta Altagracia Almanzar Corniel, representada por el procurador don Pablo Sorribes Calle, contra don Williams Augusto Román Segura, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 3 de diciembre de 2008, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente: Estimar la demanda interpuesta por doña Yokasta Altagracia Almanzar Corniel, representada por el procurador don Pablo Sorribes Calle, contra don Williams Augusto Román Segura, y adoptar las siguientes medidas: Atribuir a doña Yokasta Altagracia Almanzar Corniel la guarda y custodia del hijo menor de las partes, siendo la patria potestad compartida por ambos. Don Williams Augusto Román Segura deberá contribuir en concepto de pensión alimenticia mensual a favor del hijo menor común en la cantidad de 300 euros, cantidad revisable anualmente de acuerdo con la variación que para el índice de precios del consumo facilite el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, debiendo abonar cada progenitor el 50 por 100 de los gastos extraordinarios. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales. Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días y en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Haciéndole saber que contra la referida sentencia, cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de cinco días por medio de abogado y procurador. Y para que sirva de notificación en forma a don Williams Augusto Román Segura, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado). (03/36.407/08) |