Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090109-0272
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Laura Garzón Vicente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.012 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Noé González González y don Félix Bienvenida Guzmán de la Cruz, contra la empresa “DRC Ingeniería Grupo, Sociedad Limitada, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 492 de 2008 En Madrid, a 3 de diciembre de 2008.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandantes, don Noé González González y don Félix Bienvenida Guzmán de la Cruz, que comparece asistidos del letrado don Rafael Navarrete Paniagua, y de otra, como demandada, “DRC Ingeniería Grupo, Sociedad Limitada, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que con estimación de la demanda presentada por don Noé González González y don Félix Bienvenida Guzmán de la Cruz, contra “DRC Ingeniería Grupo, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro nulo el despido de los actores, y debo resolver y resuelvo la relación que une a las partes, condenando a “DRC Ingeniería Grupo, Sociedad Limitada”, a abonar como indemnización a don Noé González González 1.412,29 euros y a don Félix Bienvenida Guzmán de la Cruz 1.488,63 euros, así como 5.687,33 euros de salarios de tramitación al señor González y 5.687,33 euros al señor Bienvenida Guzmán. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se ha constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “DRC Ingeniería Grupo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.230/08) |