Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-01-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090109-0199

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE SAN SEBASTIÁN

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Isabel Abancens Izcue, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos número 244 de 2008, reza ejecución número 51 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ibán Casado Laso y don Óscar Echeverría Jiménez, contra las empresas “Gorelán, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, “Joist Andalucía, Sociedad Limitada”, “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, “Europont Componentes, Sociedad Limitada”, “Magru, Sociedad Limitada”, “Oricons Proyectos Industriales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Donostia-San Sebastián, a 2 de diciembre de 2008.

Parte dispositiva:

a)  Se decreta la acumulación a la presente ejecución número 51 de 2008 que se sigue en este Juzgado, de la también seguida con el número de ejecución 53 de 2008, todas ellas contra los deudores “Gorelán, Sociedad Limitada”, “Joist, Sociedad Limitada”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, “Joist Andalucía, Sociedad Limitada”, “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, “Europont Componentes, Sociedad Limitada”, “Magru, Sociedad Limitada”, “Oricons Proyectos Industriales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial

b)  Prosígase la ejecución por los siguientes importes acumulados:

Principal: 72.415,31 euros.

Intereses: 7.240 euros.

Costas: 7.240 euros.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social doña Izaskun Porres García.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Magru, Sociedad Limitada”, y “Grupo Sut, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 2 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.178/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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