Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090109-0138
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ramón Forcada Mirón, contra la empresa “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado los siguientes autos de fecha 9 de octubre de 2008 y 14 de noviembre de 2008: Auto En Madrid, a 9 de octubre de 2008. Parte dispositiva: Primero.—Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Ramón Forcada Mirón, contra “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”, por un importe de 10.986,26 euros de principal, más 1.098,62 euros y 823,97 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. Segundo.—Trabar embargo sobre los bienes de la demandada “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”, que se encuentren en su domicilio sito en la calle Talamanca, número 22, Fuente El Saz del Jarama (Madrid). Tercero.—A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende. Cuarto.—Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. Quinto.—Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Andrés Benítez Benítez. Diligencia.—En Madrid, a 14 de noviembre de 2008. La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del estado de las presentes actuaciones y para hacer constar que se ha recibido diligencia negativa de notificación y embargo practicada por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos en el domicilio de la ejecutada, “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”, en la que se reseña: “...nadie contesta. Consultado en la vecindad nos manifiestan que aquí ya no ven actividad alguna y no suele venir nadie de la empresa más que algún día en momentos esporádicos. Coincidimos en la puerta con un señor que nos manifiesta que ya ha venido varias veces intentando cobrar unos trabajos que hizo y que nunca hay nadie. Cree que tienen otro domicilio en Madrid, en la calle Juan Bravo pero no sabe el número. A través de las cristaleras se ven como únicos bienes los propios de una oficina (alguna mesa, sillas, papeles) de escaso valor en subasta”. Asimismo se da cuenta a su señoría y se hace constar que en los autos de ejecución número 95 de 2008 de este Juzgado se sigue ejecución contra la misma deudora de los presentes, iniciadas con fecha 3 de septiembre de 2008, de lo que paso a dar cuenta. Auto En Madrid, a 14 de noviembre de 2008. Parte dispositiva: Acumular la presente ejecución a la que se sigue en los autos número 481 de 2008, con número 95 de 2008 de ejecución de este Juzgado frente a la común deudora “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”. Líbrese testimonio de la presente a los autos principales. Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—La magistrada-juez de lo social, Soledad Fernández del Mazo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas Constructivos Inteligentes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/35.991/08) |